interesadas se comprometieron a adoptar medidas para facilitar el acceso de las personas refugiadas a soluciones duraderas a través de una gran variedad de compromisos de múltiples partes interesadas; Recordando las conclusiones pertinentes del Comité Ejecutivo en materia de soluciones duraderas y el papel que siguen desempeñando para orientar a ACNUR en su mandato y para proteger a las personas refugiadas y buscar soluciones para ellas; Recordando el plan de trabajo multianual de 2023 para conclusiones del Comité Ejecutivo y los importantes costos y desafíos que enfrentan los países que acogen personas refugiadas, y reconociendo que la medición de los impactos de la acogida, asistencia y protección de personas refugiadas puede informar los esfuerzos en marcha para alcanzar soluciones duraderas; (a) Hace un llamamiento a los Estados, en colaboración con ACNUR y con otros asociados, para aumentar los esfuerzos de prevención del desplazamiento y facilitar soluciones duraderas para las personas refugiadas en la fase más temprana posible, en particular desde el comienzo de una situación de desplazamiento; (b) Destaca la necesidad de que los Estados, con el apoyo de ACNUR y de la comunidad internacional, en particular donantes, así como partes interesadas de la paz y el desarrollo, creen condiciones propicias para la repatriación voluntaria en condiciones de seguridad y dignidad basada en una decisión libre e informada; y solicita también una cooperación humanitaria y de desarrollo adicional y mejorada entre los países de origen, los Estados de acogida y los asociados donantes, con vistas a permitir la reintegración sostenible de las personas retornadas en sus países de origen; (c) Acoge con beneplácito el importante trabajo llevado a cabo por los Estados con el apoyo de partes interesadas pertinentes para contribuir a la integración local, en particular la facilitando la inclusión socioeconómica, teniendo en cuenta las comunidades de acogida; así como para establecer e implementar marcos legales, políticos e institucionales propicios y la facilitación de la naturalización, en línea con el artículo 34 de la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y de acuerdo con las leyes y políticas nacionales; y solicita esfuerzos adicionales en apoyo de este trabajo, en particular por parte de ACNUR y de la comunidad internacional; (d) Hace un llamamiento a más Estados para que participen y ofrezcan más lugares de reasentamiento de personas refugiadas, con el apoyo de ACNUR, al tiempo que se adhieren a los criterios de reasentamiento centrados en protección y utilizan modalidades flexibles de procesamiento en aras de una distribución de la carga y una responsabilidad compartida equitativas; (e) Hace un llamamiento a los Estados para participar, facilitar y ampliar las oportunidades para que, con el apoyo de partes interesadas pertinentes, las personas refugiadas puedan seguir vías complementarias adicionales a la repatriación voluntaria, la integración local y el reasentamiento, a través de leyes, políticas y prácticas; (f) Hace un llamamiento a los Estados para que faciliten todas las vías complementarias posibles, reconociendo que dichas vías pueden desembocar progresivamente en soluciones duraderas, como por ejemplo: (i) vías basadas en necesidades, en particular vías humanitarias, basadas en una protección amplia, vulnerabilidad y criterios específicos para cada contexto; (ii) vías de movilidad laboral y educación para que las personas refugiadas puedan trabajar y/o estudiar en otro país; (iii) vías de patrocinio, a las que se animaría a contribuir a una amplia selección de partes interesadas, en particular en apoyo de la integración de las personas refugiadas; y (iv) reunificación familiar basada en los principios de unidad familiar como vía importante para soluciones duraderas; y hace un llamamiento a los Estados para facilitar procedimientos efectivos y rutas de referenciación claras para la reunificación con familiares, así como para considerar esfuerzos para reunir a personas en relaciones de 2

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