A/RES/49/138
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Teniendo presentes las disposiciones de las resoluciones CM/Res.1342
(LIV) 3/ y CM/Res.1395 (LVI) Rev.1 4/, relativas a la aplicación de la
Declaración sobre la desnuclearización de África, aprobadas por el Consejo de
Ministros de la Organización de la Unidad Africana en sus períodos ordinarios
de sesiones 54º y 56º, celebrados en Abuja del 27 de mayo al 1º de junio de
1991 y en Dakar del 22 al 28 de junio de 1992, respectivamente,
Tomando nota de la resolución CM/Res.1529 (LX), relativa a
de un tratado sobre una zona libre de armas nucleares en África,
el Consejo de Ministros de la Organización de la Unidad Africana
período ordinario de sesiones, celebrado en Túnez del 6 al 11 de
1994 5/,
la aplicación
aprobada por
en su 60º
junio de
Recordando la resolución GC(XXXVIII)/RES/17, sobre una zona libre de
armas nucleares en África, aprobada el 23 de septiembre de 1994 por la
Conferencia General del Organismo Internacional de Energía Atómica 6/,
Celebrando los progresos realizados por el Grupo de Expertos encargado
de elaborar un proyecto de tratado sobre la desnuclearización de África en sus
reuniones cuarta y quinta, que organizaron conjuntamente la Organización de la
Unidad Africana y las Naciones Unidas y tuvieron lugar en Windhoek del 16 al
25 de marzo de 1994 y en Addis Abeba del 11 al 14 de mayo de 1994,
respectivamente,
1.
Toma nota del informe del Grupo de Expertos encargado de elaborar
un proyecto de tratado sobre la desnuclearización de África sobre sus
reuniones cuarta y quinta 7/;
2.
Toma nota asimismo del ofrecimiento del Gobierno de Sudáfrica de
que Sudáfrica sea la sede de la comisión africana de energía nuclear una vez
se haya establecido;
3.
Reafirma que la aplicación de la Declaración sobre la
desnuclearización de África aprobada por la Asamblea de Jefes de Estado y de
Gobierno de la Organización de la Unidad Africana constituiría una medida
importante para impedir la proliferación de las armas nucleares y promover la
paz y la seguridad internacionales;
4.
Acoge con satisfacción el anuncio de Argelia de su decisión de
depositar sus instrumentos de adhesión al Tratado sobre la no proliferación de
las armas nucleares 8/;
3/
Véase A/46/390, anexo I.
4/
Véase A/47/558, anexo I.
5/
Véase A/49/313, anexo.
6/
A/49/550, anexo II.
7/
A/49/436, anexo.
8/
Naciones Unidas, Recueil des Traités, vol. 729, No. 10485.
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