A/RES/59/242
Observando la particular preocupación de los países en desarrollo y los países
de economía en transición en lo que respecta a la repatriación de los activos de
origen ilícito derivados de la corrupción hacia los países de donde se originaron, de
conformidad con los principios de la Convención de las Naciones Unidas contra la
Corrupción 3 , en particular el capítulo V, habida cuenta de la importancia que dichos
activos pueden tener para su desarrollo sostenible,
Reconociendo la preocupación por la transferencia o las transacciones de activos
de origen ilícito, y destacando la necesidad de encarar ese problema de conformidad con
los principios establecidos en el capítulo V de la Convención de las Naciones
Unidas contra la Corrupción,
Reconociendo también que la adquisición ilícita de riquezas puede ser
particularmente nociva para las instituciones democráticas, las economías
nacionales y el Estado de derecho,
Convencida de que un entorno estable y transparente para las transacciones
comerciales nacionales e internacionales en todos los países es esencial para la
movilización de las inversiones, las finanzas, la tecnología, los conocimientos
especializados y otros recursos importantes, y reconociendo que las actividades
eficaces a todos los niveles para luchar contra la corrupción y evitarla en todas sus
formas y en todos los países son elementos esenciales para mejorar el entorno
comercial nacional e internacional,
Preocupada por los vínculos que existen entre la corrupción en todas sus
formas, incluidos el soborno, el blanqueo de dinero y la transferencia de activos de
origen ilícito, y otra formas de delincuencia, en particular la delincuencia
organizada y la delincuencia económica,
Reiterando su preocupación por la gravedad de los problemas y las amenazas
que plantea la corrupción a la estabilidad y seguridad de las sociedades, socavando las
instituciones y los valores de la democracia, los valores éticos y la justicia, y
comprometiendo el desarrollo sostenible y el Estado de derecho, en particular cuando
una respuesta insuficiente a nivel nacional e internacional da lugar a la impunidad,
Acogiendo complacida las iniciativas adoptadas por la secretaría del
Commonwealth y el Grupo de los Ocho en lo que respecta a la lucha contra la
corrupción y el mejoramiento de la transparencia, incluida la iniciativa del Grupo
de los Ocho en apoyo a la asistencia técnica bilateral a los países comprometidos a
colaborar para aumentar la transparencia, la buena gobernanza y el Estado de
derecho, y acogiendo complacida también los esfuerzos de los Estados Miembros
que han concertado con el Grupo de los Ocho “pactos para promover la
transparencia y luchar contra la corrupción”,
Señalando con reconocimiento la Conferencia política de alto nivel para la
firma de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, celebrada en
Mérida (México), del 9 al 11 de diciembre de 2003,
Recordando su resolución 58/4, de 31 de octubre de 2003, en que aprobó la
Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción e instó a todos los Estados y
las organizaciones económicas regionales competentes a que la firmaran y ratificaran,
Condena la corrupción en todas sus formas, incluso el soborno, el
1.
blanqueo de dinero y la transferencia de activos de origen ilícito;
_______________
3
2
Resolución 58/4, anexo.
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