A/RES/51/177
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Habiendo examinado el informe de la Conferencia de las Naciones Unidas
sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II)1 y el informe del Secretario
General sobre la aplicación y el seguimiento de los resultados de la
Conferencia, incluida la función que desempeña el Centro de las Naciones
Unidas para los Asentamientos Humanos2,
Expresando su profunda gratitud al Gobierno y al pueblo de Turquía por
su apoyo y por las instalaciones, el personal y los servicios puestos a
disposición de la Conferencia, así como por la hospitalidad que dispensaron a
los participantes en ella,
Expresando su agradecimiento al Secretario General de las Naciones
Unidas, el Secretario General de la Conferencia y el personal de la Secretaría
por la eficacia de los preparativos y por los servicios prestados a la
Conferencia,
1.
Toma nota con agradecimiento del informe de la Conferencia de las
Naciones Unidas sobre los Asentamientos Humanos (Hábitat II)1;
2.
Hace suyos la Declaración de Estambul sobre los Asentamientos
Humanos3 y el Programa de Hábitat4, aprobados por la Conferencia el 14 de
junio de 1996;
3.
Reconoce con agradecimiento que la Conferencia brindó una
importante oportunidad para llevar adelante la obra iniciada con las medidas y
los compromisos adoptados en las anteriores conferencias y cumbres de las
Naciones Unidas;
4.
Reconoce con satisfacción la participación activa en la
Conferencia de todos los Estados y otros agentes interesados y los arreglos
innovadores introducidos en la Conferencia para establecer asociaciones entre
los diversos agentes;
5.
Reafirma el compromiso de lograr paulatinamente el pleno ejercicio
del derecho a una vivienda adecuada, según lo previsto en los instrumentos
internacionales, y en ese contexto reconoce que los gobiernos tienen la
obligación de lograr que toda persona cuente con una vivienda y de proteger y
mejorar las viviendas y los vecindarios;
6.
Reconoce que incumbe a los gobiernos la responsabilidad primordial
de aplicar el Programa de Hábitat y reconoce también que la comunidad
internacional debe apoyar los esfuerzos de los gobiernos promoviendo la
cooperación internacional, entre otras cosas para establecer un entorno
económico internacional abierto, equitativo, cooperativo y mutuamente
beneficioso;
1
A/CONF.165/14.
2
A/51/384.
3
A/CONF.165/14, cap. I, resolución 1, anexo I.
4
Ibíd., anexo II.
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