A/RES/54/153
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Observando con profunda preocupación que, a pesar de los intentos constantes por eliminarlos, el
racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia, así como los actos de
violencia, persisten e incluso se agravan, revistiendo continuamente nuevas formas, entre ellas la tendencia
a establecer una política basada en la superioridad o el exclusivismo de tipo racial, religioso, étnico, cultural
y nacional,
Observando con profunda preocupación también que quienes propugnan el racismo y la discriminación
racial hacen uso indebido de nuevas tecnologías de comunicación, en particular la Internet, para difundir sus
ideas aberrantes,
Observando que el uso de esas tecnologías puede contribuir asimismo a combatir el racismo, la
discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia,
Consciente de la diferencia fundamental que existe entre el racismo y la discriminación racial en forma
de política gubernamental o resultante de doctrinas oficiales de superioridad o exclusivismo raciales, por una
parte, y, por la otra, las diversas manifestaciones de racismo, discriminación racial, xenofobia y las formas
conexas de intolerancia que son cada vez más patentes en sectores de muchas sociedades y son perpetradas
por individuos o grupos, algunas de cuyas manifestaciones van dirigidas contra trabajadores migratorios y
sus familiares,
Reafirmando, a este respecto, la responsabilidad de los gobiernos de salvaguardar y proteger los
derechos de las personas que residen en su territorio contra delitos cometidos por individuos o grupos racistas
o xenófobos,
Reconociendo tanto los problemas como las oportunidades que plantea la lucha contra el racismo, la
discriminación racial, la xenofobia y las formas conexas de intolerancia en circunstancias en que cada vez
es mayor la mundialización,
Observando con preocupación que el racismo, la discriminación racial, la xenofobia y la intolerancia
conexa pueden verse agravados por, entre otras cosas, la distribución no equitativa de la riqueza, la
marginación y la exclusión social,
Profundamente preocupada por que el racismo y la discriminación racial contra trabajadores migratorios
continúan aumentando a pesar de los esfuerzos desplegados por la comunidad internacional para proteger
los derechos humanos de los trabajadores migratorios y de sus familiares,
Observando que el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, en su recomendación
general XV (42), de 17 de marzo de 19934, relativa al artículo 4 de la Convención Internacional sobre la
Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial5, sostiene que la prohibición de la difusión de
todas las ideas basadas en la superioridad o el odio racial es compatible con el derecho a la libertad de
4
Véase Documentos Oficiales de la Asamblea General, cuadragésimo octavo período de sesiones,
Suplemento No. 18 (A/48/18), cap. VIII, secc. B.
5
Resolución 2106 A (XX), anexo.
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