A/RES/61/78
Reconociendo el carácter complementario de las negociaciones bilaterales,
plurilaterales y multilaterales sobre el desarme nuclear y el hecho de que las
negociaciones bilaterales nunca pueden sustituir a las negociaciones multilaterales a
ese respecto,
Observando el apoyo expresado en la Conferencia de Desarme y en la
Asamblea General a la elaboración de una convención internacional para dar
garantías a los Estados que no poseen armas nucleares de que no se emplearán esas
armas ni se amenazará con hacerlo, así como los esfuerzos multilaterales
desplegados en la Conferencia de Desarme para llegar a un acuerdo sobre una
convención internacional de esa índole cuanto antes,
Recordando la opinión consultiva de la Corte Internacional de Justicia sobre la
Legalidad de la amenaza o el empleo de las armas nucleares, dada a conocer el 8 de
julio de 1996 10, y celebrando la reafirmación unánime de todos los Magistrados de
la Corte de que todos los Estados tienen la obligación de emprender de buena fe y
concluir negociaciones encaminadas a lograr el desarme nuclear en todos sus
aspectos, bajo un estricto y eficaz control internacional,
Consciente de lo dispuesto en el párrafo 64 del Documento Final de la
Reunión Ministerial del Buró de Coordinación del Movimiento de los Países No
Alineados, celebrada en Putrajaya (Malasia) los días 29 y 30 de mayo de 2006 11,
Recordando lo dispuesto en el párrafo 70 y otras recomendaciones pertinentes
del Documento Final de la 14ª Conferencia de Jefes de Estado o de Gobierno de los
Países No Alineados, celebrada en La Habana los días 15 y 16 de septiembre
de 2006 12, en que se pide que la Conferencia de Desarme establezca, lo antes
posible y con carácter prioritario, un comité especial sobre desarme nuclear e inicie
negociaciones sobre un programa escalonado para eliminar totalmente las armas
nucleares dentro de un plazo determinado,
Reafirmando el mandato específico conferido a la Comisión de Desarme en su
armas nucleares dentro de un plazo determinado, decisión 52/492, de 8 de
septiembre de 1998, de examinar el tema del desarme nuclear como uno de los
temas sustantivos principales de su programa,
Recordando la Declaración del Milenio 13, en que los Jefes de Estado y de
Gobierno decidieron esforzarse por eliminar las armas de destrucción en masa, en
particular las armas nucleares, y mantener abiertas todas las opciones para alcanzar
esa meta, incluida la posibilidad de convocar una conferencia internacional para
determinar formas de eliminar los peligros nucleares,
Reafirmando que, de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas, los
Estados deben abstenerse de recurrir al uso o a la amenaza del uso de armas
nucleares para resolver sus controversias en las relaciones internacionales,
Consciente del peligro de la utilización de armas de destrucción en masa, en
particular armas nucleares, en actos terroristas y de la necesidad urgente de que se
adopten medidas internacionales concertadas para controlar y conjurar ese peligro,
Reconoce que, habida cuenta de los acontecimientos políticos ocurridos
1.
recientemente, es un momento oportuno para que todos los Estados poseedores de
_______________
10
A/51/218, anexo; véase también Legality of the Threat or Use of Nuclear Weapons, Advisory Opinion,
I.C.J. Reports 1996, pág. 226.
11
A/60/1002-S/2006/718, anexo I.
12
A/61/472-S/2006/780, anexo I.
13
Véase la resolución 55/2.
3
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