A/RES/56/109 4. Subraya la importancia de la plena cooperación y asistencia de las autoridades de los países afectados para facilitar la labor de las organizaciones humanitarias, incluidas las organizaciones no gubernamentales, para mitigar las consecuencias humanitarias del desastre de Chernobyl, observa las medidas que ya han adoptado los gobiernos de los países afectados a este respecto y los alienta a que adopten medidas ulteriores para simplificar sus procedimientos internos pertinentes y determinar medios para aumentar la eficacia de los sistemas de concesión de exenciones de aranceles y otros derechos aduaneros respecto de los bienes proporcionados gratuitamente como asistencia humanitaria por las organizaciones humanitarias, incluidas las organizaciones no gubernamentales; 5. Reconoce las dificultades a que se enfrentan los países más afectados para reducir al mínimo las consecuencias del desastre de Chernobyl, e invita a los Estados, en particular a los Estados donantes y a todos los organismos, fondos y programas pertinentes del sistema de las Naciones Unidas, en especial las instituciones de Bretton Woods, así como a las organizaciones no gubernamentales, a que sigan prestando apoyo a los esfuerzos que realizan Belarús, la Federación de Rusia y Ucrania por mitigar las consecuencias del desastre de Chernobyl, incluso mediante la asignación de fondos adicionales para apoyar los programas médicos, sociales, económicos y ecológicos relacionados con el desastre; 6. Señala el llamamiento hecho por el Coordinador de las Naciones Unidas a la comunidad de donantes para que considere la posibilidad de asignar recursos adicionales a los aspectos humanitarios del desastre de Chernobyl; 7. Destaca la necesidad de una cooperación internacional coordinada para estudiar las consecuencias del desastre de Chernobyl, e invita a los Estados Miembros y a todas las partes interesadas a que tomen parte en las actividades del Centro Chernobyl para la seguridad nuclear, los desechos radiactivos y la radioecología y las promuevan como importante mecanismo de investigación científica sobre las condiciones únicas de la zona de Chernobyl y las instalaciones del Refugio; 8. Pide al Secretario General que prosiga sus esfuerzos por promover la aplicación de las resoluciones pertinentes de la Asamblea General y que, por conducto de los mecanismos de coordinación existentes, en particular el Coordinador de las Naciones Unidas, siga manteniendo una estrecha cooperación con los organismos del sistema de las Naciones Unidas y con las organizaciones regionales y de otro tipo pertinentes en la ejecución de los programas y proyectos relacionados concretamente con Chernobyl; 9. Pide también al Secretario General que considere posibles medios de fortalecer aún más la coordinación y la capacidad analítica y técnica de las Naciones Unidas sobre el terreno, así como en la Sede, que se describen en el informe del Secretario General 1, prestando la debida atención a los procedimientos administrativos y presupuestarios existentes de la Organización; 10. Pide además al Secretario General que le presente, en su quincuagésimo octavo período de sesiones, en relación con un subtema separado, un informe con una evaluación amplia de la aplicación de todos los aspectos de la presente resolución y propuestas de medidas innovadoras para aumentar la eficacia de la respuesta de la comunidad internacional ante el desastre de Chernobyl. 87ª sesión plenaria 14 de diciembre de 2001 3

Select target paragraph3

Connect to a paragraph
Connect to an entity
Disable highlights
Add to table of contents