Aplicar la Declaración sobre el Derecho y el Deber de los Individuos, los Grupos y las Instituciones de Promover y Proteger los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales Universalmente Reconocidos creando un entorno seguro y propicio para los defensores de los derechos humanos y asegurando su protección A/RES/74/146 ambientales, indígenas y relacionadas con la tierra y las actividades comerciales, así como el desarrollo, incluso mediante de la responsabilidad empresarial; 23. Insta a los agentes no estatales, entre ellos las empresas transnacionales y otras empresas comerciales, a que asuman la responsabilidad que les incumbe de respetar los derechos humanos y las libertades fundamentales de todas las personas, incluidos los defensores de los derechos humanos, y subraya la necesidad de asegurar la diligencia debida en materia de derechos humanos y gar antizar que las empresas transnacionales y otras empresas comerciales rindan cuentas y brinden una reparación adecuada, al tiempo que insta a los Estados a que adopten políticas y leyes al respecto, en particular para que todas las empresas rindan cuentas por su implicación en amenazas o ataques contra los defensores de los derechos humanos; 24. Toma nota del informe del Secretario General con ocasión del 20º aniversario de la Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos 9, en el que pidió que se elaborara un enfoque más coherente y amplio de la labor de las Naciones Unidas para apoyar la Declaración, alienta a la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, en consulta con el Relator Especial y otros procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos, a que siga recopilando y compartiendo información sobre las mejores prácticas y las dificultades a ese respecto, solicita a todas las entidades y organizaciones interesadas del sistema de las Naciones Unidas que, con arreglo a sus mandatos, presten todo el apoyo y la asistencia posibles al Relator Especial para que pueda cumplir eficazmente su mandato, incluso mediante visitas a los países y la formulación de sugerencias acerca de los medios para asegurar la protección de los defensores de los derechos humanos, y solicita al Relator Especial que siga informando anualmente sobre sus actividades a la Asamblea General y al Consejo de Derechos Humanos, con arreglo a su mandato; 25. Decide seguir ocupándose de la cuestión. 50 a sesión plenaria 18 de diciembre de 2019 8/8 19-22249

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