A/HRC/48/78
70.
El Grupo de Trabajo celebra los avances hacia la justicia ambiental y la inclusión
de los afrodescendientes en todas las conversaciones sobre la crisis climática en todo el
mundo. También acoge con satisfacción el decreto promulgado por los Estados Unidos
de América el 20 de enero de 2021 sobre la protección de la salud pública y el medio
ambiente y la recuperación de la ciencia en la lucha contra la crisis climática. El Grupo
de Trabajo realiza un llamamiento al Gobierno de los Estados Unidos para que haga
justicia ambiental en las comunidades del país, incluidas zonas como el “Callejón de la
Muerte” y otras partes que sufren degradación ambiental, crisis y desastres climáticos,
todo ello agravado por deficiencias en las infraestructuras, entre las que cabe citar las
carencias en materia de suministro de agua potable, saneamiento, cañerías y garantías
de calidad del aire. El Grupo de Trabajo insta a todos los Gobiernos a que garanticen
el derecho a un medio ambiente saludable y colaboren con las comunidades para
avanzar hacia la justicia ambiental para los afrodescendientes en todo el mundo.
71.
El Grupo de Trabajo acoge con satisfacción las consideraciones aportadas por el
Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de cara a la preparación de
una nueva recomendación general sobre la discriminación racial y el derecho a la salud.
A la luz de la crisis climática, del impacto del racismo ambiental y de los desastres
relacionados con el clima en las comunidades afrodescendientes, está claro que el
derecho a la salud y el derecho a la justicia ambiental están inextricablemente
vinculados.
B.
Recomendaciones
72.
Los afrodescendientes deben formar parte de la solución al cambio climático y a
otras crisis ambientales. Los Estados deberían incorporar de forma equitativa el
liderazgo, la experiencia y los conocimientos de las comunidades que trabajan en
primera línea, como las comunidades de afrodescendientes, en todas las etapas de las
políticas y los procesos ambientales y de su aplicación.
73.
Debe darse prioridad a aumentar la participación de los afrodescendientes en el
diseño y la aplicación de respuestas de emergencia al cambio climático y de medidas de
adaptación y mitigación. Hay que aprovechar las oportunidades para abordar
conjuntamente el cambio climático y la discriminación racial, en lugar de tratarlos por
separado.
74.
El Grupo de Trabajo recomienda a los Estados Miembros y otros garantes de
derechos:
a)
Aplicar la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las
Formas de Discriminación Racial, la Declaración y el Programa de Acción de Durban
y el Programa de Actividades del Decenio Internacional de los Afrodescendientes, y
tomar medidas para abordar las causas subyacentes y las manifestaciones actuales del
racismo, la discriminación racial, la xenofobia, la afrofobia y las formas conexas de
intolerancia, incluido el racismo ambiental;
b)
Adoptar medidas urgentes y oportunas a nivel mundial para reconocer y
aplicar el derecho a un medio ambiente seguro, limpio, saludable y sostenible como
respuesta crítica a la multidimensional crisis ambiental a la que actualmente nos
enfrentamos; apoyar la adopción de resoluciones relevantes de las Naciones Unidas que
reconozcan que toda persona tiene derecho a un medio ambiente seguro, limpio,
saludable y sostenible, con objeto de que estas sirvan de catalizador para el
reconocimiento constitucional, la promulgación de leyes más robustas y el aumento de
los recursos destinados a la prestación de servicios esenciales; y acelerar el proceso de
elaboración de declaraciones y tratados de las Naciones Unidas al respecto;
c)
Adoptar medidas urgentes para mitigar la crisis climática y abordar la
degradación del medio ambiente y el racismo ambiental aplicando un enfoque basado
en los derechos humanos; hacer hincapié en la prevención y la participación, centrarse
en las necesidades de los más afectados e insistir en la rendición de cuentas; abordar las
causas subyacentes del racismo sistémico y de los desastres ambientales conexos, y
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GE.21-09167