A/RES/55/108 14. Toma nota además del Informe sobre Desarrollo Humano 2000 del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo 9 y el Informe sobre el Desarrollo Mundial, 2000/2001: Lucha contra la pobreza del Banco Mundial 10, que se refieren a cuestiones pertinentes a los derechos humanos y al derecho al desarrollo, y ve con satisfacción que participan en el Grupo de Trabajo, de conformidad con las resoluciones del Consejo Económico y Social en la materia, representantes de instituciones financieras internacionales y de organismos especializados, fondos y programas de las Naciones Unidas y organizaciones no gubernamentales competentes; 15. Invita a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a que presente un informe a la Comisión de Derechos Humanos en cada año de vigencia del mecanismo, a que presente informes provisionales al Grupo de Trabajo y a que ponga a disposición del experto independiente esos informes, que en cada caso abarcarán: a) Las actividades de su Oficina relativas a la realización del derecho al desarrollo conforme a su mandato; b) La aplicación de las resoluciones de la Asamblea General y de la Comisión de Derechos Humanos con respecto al derecho al desarrollo; c) La coordinación interinstitucional dentro del sistema de las Naciones Unidas para la aplicación de las resoluciones pertinentes de la Comisión a este respecto; 16. Insta al sistema de las Naciones Unidas a seguir apoyando la aplicación de las resoluciones recientes de la Comisión de Derechos Humanos relativas al derecho al desarrollo; 17. Exhorta al Secretario General a que se asegure de que el Grupo de Trabajo y el experto independiente reciban toda la asistencia necesaria, en particular el personal y los recursos necesarios para cumplir sus mandatos; 18. Exhorta al Grupo de Trabajo a que tome nota de las deliberaciones sobre el derecho al desarrollo que celebren la Asamblea General en su quincuagésimo quinto período de sesiones y la Comisión de Derechos Humanos en su 56° período de sesiones, así como de toda otra cuestión pertinente al derecho al desarrollo; 19. Pide al Secretario General que le presente en su quincuagésimo sexto período de sesiones y a la Comisión de Derechos Humanos en su 57° período de sesiones un informe completo sobre la aplicación de las diversas disposiciones de la presente resolución; 20. Decide seguir examinando esta cuestión, como asunto prioritario, en su quincuagésimo sexto período de sesiones. 81a. sesión plenaria 4 de diciembre de 2000 9 Publicación de las Naciones Unidas, número de venta: S.00.III.B.8. Publicado para el Banco Mundial por Oxford University Press, Nueva York, 2000. 10 5

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