A/RES/54/188
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comunidad internacional, fortalezca la capacidad del sistema judicial independiente con arreglo a las normas
internacionales de derechos humanos;
10. Alienta al Tribunal Penal Internacional para Rwanda y al Gobierno de Rwanda a que sigan
sometiendo a juicio los delitos de violencia sexual cometidos contra las mujeres durante el genocidio de
1994;
11. Acoge con beneplácito las deliberaciones que se están llevando a cabo actualmente en Rwanda a
fin de establecer nuevos mecanismos para tramitar con mayor rapidez la gran cantidad de expedientes de
detenidos que están a la espera de ser procesados por genocidio y otros cargos conexos, toma nota a ese
respecto de la propuesta del Gobierno de Rwanda de establecer un sistema complementario de justicia
participativa, insta al Gobierno de Rwanda que vele por que todo sistema de esa índole se ajuste al derecho
y a las normas internacionales de derechos humanos, y alienta a la comunidad internacional a que preste
asistencia en esta esfera;
12. Reitera su llamamiento a la comunidad internacional para que proporcione asistencia financiera
y técnica al Gobierno de Rwanda, dentro de un marco de cooperación mutuamente convenido, para aumentar
la protección de los sobrevivientes y testigos de actos de genocidio, así como para consolidar la
administración de justicia, incluso con acceso adecuado a representación legal para enjuiciar a los
responsables de actos de genocidio y otras violaciones de los derechos humanos y promover el imperio del
derecho en Rwanda, y toma nota con reconocimiento de la asistencia que ya han proporcionado algunos
miembros de la comunidad de donantes;
13. Acoge con beneplácito las actividades que sigue desarrollando el Gobierno de Rwanda para instituir
un Estado basado en el imperio de la ley y en el respeto de los derechos humanos y las libertades
fundamentales, de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos6 y los demás
instrumentos internacionales pertinentes de derechos humanos;
14. Toma nota de que en julio de 1999 se prorrogó por cuatro años más el mandato del Gobierno de
transición, elogia al Gobierno de Rwanda por haber celebrado en paz y con éxito elecciones a nivel de célula
y sector, y apoya al Gobierno en la continuación de su proceso de democratización;
15. Encomia al Gobierno de Rwanda por los esfuerzos que sigue desarrollando para mejorar la
situación de los niños y lo alienta a que no ceje en esos empeños, basándose en el principio del interés
superior de los niños establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño7;
16. Acoge con beneplácito la creación por ley de la Comisión Nacional de Derechos Humanos y alienta
al Gobierno de Rwanda y a la comunidad internacional a que preste todo su apoyo al mandato de la Comisión
a fin de que ésta pueda seguir de cerca la situación de los derechos humanos en el país con eficacia e
independencia, conforme a las normas reconocidas internacionalmente, toma nota de la celebración en
octubre de 1999 de una mesa redonda de la Comisión, e insta al Gobierno de Rwanda a que aplique sus
recomendaciones;
6
Resolución 217 A (III).
7
Resolución 44/25, anexo.
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