A/RES/71/170
Intensificación de los esfuerzos para prevenir y eliminar todas las formas
de violencia contra las mujeres y las niñas: la violencia doméstica
respalden las iniciativas nacionales para promover el empoderamiento de la mujer y
la niña y la igualdad entre los géneros a fin de mejorar las iniciativas nacionales
para eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas, incluida la violencia
doméstica, incluso ayudando a los países que lo soliciten a preparar y aplicar planes
de acción nacionales para eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas, por
ejemplo, mediante la asistencia oficial para el desarrollo y otros tipos de asistencia
adecuada, como la facilitación del intercambio de directrices, metodologías y
mejores prácticas, teniendo en cuenta las prioridades nacionales;
19. Destaca que en el sistema de las Naciones Unidas deben asignarse
recursos suficientes a la Entidad de las Naciones Unidas para la Igualdad de Género
y el Empoderamiento de las Mujeres (ONU-Mujeres) y a otros órganos, a los
organismos especializados, fondos y programas encargados de promover la igualdad
entre los géneros, el empoderamiento de las mujeres y los derechos humanos de las
mujeres y las niñas, y a las iniciativas emprendidas en todo el sistema de las
Naciones Unidas para prevenir y eliminar la violencia contra las mujeres y las niñas,
incluida la violencia doméstica, y exhorta al sistema de las Naciones Unidas a que
facilite el apoyo y los recursos necesarios;
20. Destaca también la importancia de la Base de Datos Mundial del
Secretario General sobre la Violencia contra la Mujer, expresa su aprecio a todos los
Estados que han aportado información a la Base de Datos, entre otras cosas, acerca
de las políticas y los marcos jurídicos que han adoptado para eliminar la violencia
contra las mujeres y las niñas y apoyar a las víctimas de dicha violencia, alienta
enérgicamente a todos los Estados a que aporten periódicamente información
actualizada a la Base de Datos, y exhorta a todas las entidades competentes del
sistema de las Naciones Unidas a que sigan ayudando a los Estados que lo soliciten
a reunir y actualizar periódicamente la información correspondiente y aumentar el
conocimiento de la Base de Datos entre todos los interesados pertinentes, incluida la
sociedad civil;
21. Reconoce la labor realizada por la División de Estadística del
Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la Secretaría, en respuesta a la
solicitud de la Comisión de Estadística, con el fin de elaborar directrices de apoyo a
los Estados Miembros para la preparación de estadísticas sobre la violencia contra
las mujeres y las niñas;
22. Exhorta a todos los órganos, entidades, fondos y programas y los
organismos especializados de las Naciones Unidas, e invita a las instituciones de
Bretton Woods, a que intensifiquen sus esfuerzos a todos los niveles para eliminar
todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas y a que coordinen mejor
su labor con miras a incrementar el apoyo efectivo a las iniciativas nacionales para
prevenir y eliminar la violencia doméstica contra la mujer y la niña;
23. Solicita a la Relatora Especial del Consejo de Derechos Humanos sobre
la violencia contra las mujeres, sus causas y consecuencias que en sus períodos de
sesiones septuagésimo segundo y septuagésimo tercero le presente un informe
anual;
24. Solicita al Secretario General que en su septuagésimo tercer período de
sesiones le presente un informe que contenga:
a)
Información proporcionada por los órganos, fondos y programas y los
organismos especializados de las Naciones Unidas sobre las actividades de
seguimiento que han llevado a cabo en cumplimiento de la resolución 69/147 y de la
12/13
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