A/HRC/RES/58/25
recomendaciones formuladas en la Conferencia de Diálogo Nacional celebrada en febrero
de 2025, y alienta encarecidamente a que se establezcan y comuniquen plazos e hitos claros
con este fin;
3.
Acoge con beneplácito también las disposiciones de la Declaración
Constitucional firmada en marzo de 2025, en la que se afirma que el Estado garantizará los
derechos humanos y las libertades fundamentales, toma nota de las disposiciones relativas a
la libertad de expresión, la libertad de religión y los derechos de la mujer, las apoya y pide
su aplicación y expresa su esperanza de que la Declaración Constitucional sirva de marco
sólido para una transición satisfactoria, ordenada e inclusiva y un futuro de paz para la
República Árabe Siria, que haga efectivos los derechos humanos y las libertades
fundamentales de todos los sirios, asegure la justicia y la rendición de cuentas, y preserve la
buena gobernanza y el estado de derecho;
4.
Alienta al Gobierno de la República Árabe Siria a que promueva una vía
sostenible hacia una verdadera rendición de cuentas por todos los delitos que haga justicia a
las víctimas, los supervivientes y sus familiares, y que contribuya a la reconciliación y a un
futuro de paz para todos los sirios, y reconoce a este respecto que la Declaración
Constitucional incluye una disposición encaminada a establecer una comisión de justicia de
transición, pero también la multitud de retos que afronta el Gobierno en su búsqueda de una
rendición de cuentas y una justicia de transición dirigidas y asumidas como propias por los
sirios, debido a la magnitud de las graves vulneraciones cometidas por el anterior régimen y
sus complejas consecuencias;
5.
Exhorta al Gobierno de la República Árabe Siria a que vele por que se
investiguen las denuncias de todos los delitos que presuntamente constituyan represalias y
por que los autores rindan cuentas de sus actos mediante mecanismos judiciales transparentes
y apropiados, acordes con las normas de derechos humanos, y reconoce a este respecto el
compromiso contraído al más alto nivel de la República Árabe Siria el 9 de marzo de 2025,
de exigir responsabilidades a todos los implicados en violaciones y abusos durante los
acontecimientos de marzo de 2025;
6.
Apoya al Gobierno de la República Árabe Siria en sus esfuerzos por garantizar
la preservación de la documentación, la información y las pruebas vinculadas con las
violaciones y abusos de los derechos humanos y las vulneraciones del derecho internacional
humanitario, incluidas las fosas comunes, y alienta al Gobierno de la República Árabe Siria
a que establezca un sistema integral y sostenible para conservar esas pruebas;
7.
Acoge con beneplácito el nombramiento por el Secretario General de un
Subsecretario General de la Institución Independiente sobre las Personas Desaparecidas en
la República Árabe Siria y, a este respecto, insta al Gobierno de la República Árabe Siria a
que colabore con dicha Institución Independiente para que contribuya a los esfuerzos
dirigidos por los sirios destinados a esclarecer la suerte y el paradero de todas las personas
desaparecidas en la República Árabe Siria, prestar un apoyo adecuado a las víctimas, los
supervivientes y los familiares de los desaparecidos y garantizar la participación y la
representación plenas, igualitarias, significativas y sin riesgo de las víctimas, los
supervivientes y los familiares de los desaparecidos en la República Árabe Siria en estos
esfuerzos y a que coordine el apoyo a este respecto;
8.
Alienta al Gobierno de la República Árabe Siria a que prosiga su positiva
colaboración con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos
Humanos, el Mecanismo Internacional, Imparcial e Independiente para Ayudar en la
Investigación y el Enjuiciamiento de los Responsables de los Delitos de Derecho
Internacional Más Graves Cometidos en la República Árabe Siria desde Marzo de 2011, la
Institución Independiente sobre las Personas Desaparecidas en la República Árabe Siria, la
Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Árabe Siria y
otros procedimientos especiales pertinentes, así como con la sociedad civil siria, incluidas las
asociaciones y grupos de víctimas, y a este respecto, exhorta a estas organizaciones y
mecanismos a que coordinen su enfoque y sus actividades en aras de la eficacia;
9.
Expresa apoyo a la sociedad civil, los defensores de los derechos humanos, las
víctimas, los supervivientes y sus familiares, así como a su permanente contribución a los
esfuerzos en favor de una justicia de transición y una rendición de cuentas dirigidas y
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GE.25-05556