A/HRC/RES/58/25 recomendaciones formuladas en la Conferencia de Diálogo Nacional celebrada en febrero de 2025, y alienta encarecidamente a que se establezcan y comuniquen plazos e hitos claros con este fin; 3. Acoge con beneplácito también las disposiciones de la Declaración Constitucional firmada en marzo de 2025, en la que se afirma que el Estado garantizará los derechos humanos y las libertades fundamentales, toma nota de las disposiciones relativas a la libertad de expresión, la libertad de religión y los derechos de la mujer, las apoya y pide su aplicación y expresa su esperanza de que la Declaración Constitucional sirva de marco sólido para una transición satisfactoria, ordenada e inclusiva y un futuro de paz para la República Árabe Siria, que haga efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos los sirios, asegure la justicia y la rendición de cuentas, y preserve la buena gobernanza y el estado de derecho; 4. Alienta al Gobierno de la República Árabe Siria a que promueva una vía sostenible hacia una verdadera rendición de cuentas por todos los delitos que haga justicia a las víctimas, los supervivientes y sus familiares, y que contribuya a la reconciliación y a un futuro de paz para todos los sirios, y reconoce a este respecto que la Declaración Constitucional incluye una disposición encaminada a establecer una comisión de justicia de transición, pero también la multitud de retos que afronta el Gobierno en su búsqueda de una rendición de cuentas y una justicia de transición dirigidas y asumidas como propias por los sirios, debido a la magnitud de las graves vulneraciones cometidas por el anterior régimen y sus complejas consecuencias; 5. Exhorta al Gobierno de la República Árabe Siria a que vele por que se investiguen las denuncias de todos los delitos que presuntamente constituyan represalias y por que los autores rindan cuentas de sus actos mediante mecanismos judiciales transparentes y apropiados, acordes con las normas de derechos humanos, y reconoce a este respecto el compromiso contraído al más alto nivel de la República Árabe Siria el 9 de marzo de 2025, de exigir responsabilidades a todos los implicados en violaciones y abusos durante los acontecimientos de marzo de 2025; 6. Apoya al Gobierno de la República Árabe Siria en sus esfuerzos por garantizar la preservación de la documentación, la información y las pruebas vinculadas con las violaciones y abusos de los derechos humanos y las vulneraciones del derecho internacional humanitario, incluidas las fosas comunes, y alienta al Gobierno de la República Árabe Siria a que establezca un sistema integral y sostenible para conservar esas pruebas; 7. Acoge con beneplácito el nombramiento por el Secretario General de un Subsecretario General de la Institución Independiente sobre las Personas Desaparecidas en la República Árabe Siria y, a este respecto, insta al Gobierno de la República Árabe Siria a que colabore con dicha Institución Independiente para que contribuya a los esfuerzos dirigidos por los sirios destinados a esclarecer la suerte y el paradero de todas las personas desaparecidas en la República Árabe Siria, prestar un apoyo adecuado a las víctimas, los supervivientes y los familiares de los desaparecidos y garantizar la participación y la representación plenas, igualitarias, significativas y sin riesgo de las víctimas, los supervivientes y los familiares de los desaparecidos en la República Árabe Siria en estos esfuerzos y a que coordine el apoyo a este respecto; 8. Alienta al Gobierno de la República Árabe Siria a que prosiga su positiva colaboración con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, el Mecanismo Internacional, Imparcial e Independiente para Ayudar en la Investigación y el Enjuiciamiento de los Responsables de los Delitos de Derecho Internacional Más Graves Cometidos en la República Árabe Siria desde Marzo de 2011, la Institución Independiente sobre las Personas Desaparecidas en la República Árabe Siria, la Comisión Internacional Independiente de Investigación sobre la República Árabe Siria y otros procedimientos especiales pertinentes, así como con la sociedad civil siria, incluidas las asociaciones y grupos de víctimas, y a este respecto, exhorta a estas organizaciones y mecanismos a que coordinen su enfoque y sus actividades en aras de la eficacia; 9. Expresa apoyo a la sociedad civil, los defensores de los derechos humanos, las víctimas, los supervivientes y sus familiares, así como a su permanente contribución a los esfuerzos en favor de una justicia de transición y una rendición de cuentas dirigidas y 4 GE.25-05556

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