A/RES/49/49
Página 3
9.
Exhorta también a los Estados a que, cuando surjan controversias en
relación con el incumplimiento de sus obligaciones internacionales respecto de
la protección de las misiones o la seguridad de los representantes y
funcionarios mencionados en el párrafo 2 supra, recurran a los medios de
arreglo pacífico de controversias, incluidos los buenos oficios del Secretario
General, y pide al Secretario General que, cuando lo considere apropiado,
ofrezca sus buenos oficios a los Estados directamente interesados;
10. Pide a todos los Estados que remitan informes al Secretario General
de conformidad con el párrafo 9 de la resolución 42/154, de 7 de diciembre de
1987;
11. Pide al Secretario General que presente anualmente un informe sobre
la cuestión, de conformidad con el párrafo 12 de la resolución 42/154, en el
que figure un resumen analítico de los informes recibidos con arreglo al
párrafo 10 de la presente resolución, y que proceda a cumplir los otros
cometidos que le incumben en virtud de la mencionada resolución;
12. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo primer
período de sesiones el tema titulado "Consideración de medidas eficaces para
aumentar la protección y la seguridad de las misiones y los representantes
diplomáticos y consulares".
84ª sesión plenaria
9 de diciembre de 1994