A/RES/71/98
Prácticas israelíes que afectan a los derechos humanos del pueblo palestino
en el Territorio Palestino Ocupado, incluida Jerusalén Oriental
heridos, incluso entre miles de niños y mujeres, daños y destrucción masivos de
viviendas, bienes económicos, industriales y agrícolas, infraestructura vital, como
redes de abastecimiento de agua, saneamiento y electricidad, lugares religiosos e
instituciones públicas, incluidos hospitales, escuelas e instalaciones de las Naciones
Unidas, y tierras de cultivo, así como el desplazamiento interno en gran escala de
civiles;
9.
Expresa grave preocupación por el lanzamiento de cohetes contra zonas
civiles israelíes, que causan muertos y heridos;
10. Reitera su exigencia de que se aplique íntegramente la resolución
1860 (2009) del Consejo de Seguridad;
11. Exige que Israel, la Potencia ocupante, cumpla las obligaciones jurídicas
que le incumben en virtud del derecho internacional, como se indica en la opinión
consultiva emitida por la Corte Internacional de Justicia el 9 de julio de 2004 8 y
como se exige en sus resoluciones ES-10/15 y ES-10/13, de 21 de octubre de 2003,
y que cese inmediatamente la construcción del muro en el Territorio Palestino
Ocupado, incluida Jerusalén Oriental y sus alrededores, desmantele de inmediato la
estructura allí situada, revoque o deje sin efecto todos los actos legislativos y
reglamentarios relativos a su construcción, e indemnice por todos los perjuicios
causados por la construcción del muro, que ha afectado gravemente a los derechos
humanos y las condiciones socioeconómicas de vida del pueblo palestino;
12. Reitera la necesidad de respetar la unidad, contigüidad e integridad
territoriales de todo el Territorio Palestino Ocupado y de garantizar la libertad de
circulación de personas y mercancías dentro del Territorio Palestino, incluida la
circulación para entrar en Jerusalén Oriental y la Franja de Gaza y salir de ellas,
entre la Ribera Occidental y la Franja de Gaza y entre el Territorio y el mundo
exterior;
13. Exhorta a Israel, la Potencia ocupante, a que deje de imponer cierres y
restricciones económicas y a la libertad de circulación con carácter prolongado,
incluidos los que equivalen a un bloqueo de la Franja de Gaza, y, a este respecto,
aplique íntegramente el Acuerdo sobre los Desplazamientos y el Acceso y los
Principios Convenidos para el Cruce de Rafah, ambos de 15 de noviembre de 2005,
a fin de permitir la circulación continua y regular de personas y mercancías y la
aceleración de la labor, tan retrasada, para atender las enormes necesidades de
reconstrucción y recuperación económica de la Franja de Gaza, al tiempo que
observa el reciente acuerdo tripartito facilitado por las Naciones Unidas a este
respecto;
14. Insta a los Estados Miembros a que sigan prestando asistencia de
emergencia al pueblo palestino para aliviar la crisis financiera y la grave situación
socioeconómica y humanitaria, en particular en la Franja de Gaza;
15. Pone de relieve la necesidad de mantener y desarrollar las instituciones y
la infraestructura palestinas para prestar servicios públicos básicos a la población
civil palestina y para promover el ejercicio de los derechos humanos, incluidos los
derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, y acoge con
beneplácito, a este respecto, la formación de un gobier no de consenso nacional
palestino bajo el liderazgo del Presidente Mahmoud Abbas, en consonancia con los
compromisos de la Organización de Liberación de Palestina y los principios del
Cuarteto;
16. Insta a todos los Estados y a los organismos especializados y las
organizaciones del sistema de las Naciones Unidas a que continúen prestando apoyo
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