A/RES/79/152
Intensificación de los esfuerzos para prevenir y eliminar todas las formas
de violencia contra las mujeres y las niñas: el entorno digital
acceso a recursos justos, efectivos y centrados en las víctimas para reparar el daño
que hayan sufrido, por medios como los mecanismos judiciales formales e informales
apropiados que prevea la legislación nacional y, en caso necesario, la aprobación de
legislación nacional, teniendo presente que las víctimas y las supervivientes pueden
ser objeto de nuevos actos de discriminación o represalia;
c)
Estableciendo medidas de protección jurídica pertinentes, completas y
centradas en las víctimas que respeten plenamente los derechos humanos para prestar
apoyo y asistencia a las víctimas y las supervivientes de todas las formas de violencia,
de una manera que responda a las cuestiones de género, incluida la protección de las
víctimas y testigos frente a represalias por presentar denuncias o prestar declaración,
en el marco de sus ordenamientos jurídicos nacionales, con inclusión, según
corresponda, de medidas legislativas o de otra índole, como la atención a los
estereotipos de género y las normas sociales negativas en todos los ámbitos del
sistema de justicia penal y civil y la aplicación de la ley, teniendo en cuenta a las
mujeres y las niñas que sufren formas múltiples e interseccionales de discriminación;
d)
Asegurándose de que los servicios y programas concebidos para proteger
a las mujeres y las niñas de la violencia sean accesibles para las mujeres y las niñas
con discapacidad, en particular las que viven internadas, que son particularmente
vulnerables a la violencia, entre otras cosas garantizando que las instalaciones que
acogen esos servicios y programas sean accesibles y que se incorpore el tema de la
discapacidad en los materiales y cursos de formación dirigidos a los profesionales que
se ocupan de la cuestión de la violencia contra las mujeres;
e)
Estableciendo servicios, programas y respuestas multisectoriales de
carácter integral, coordinado, interdisciplinario, accesible y sostenido para todas las
víctimas y supervivientes de todas las formas de violencia, incluido el acoso sexual
en línea y en otros entornos, que cuenten con recursos suficientes, se ofrezcan, cuando
sea posible, en un idioma que ellas comprendan y en el que puedan comunicarse, y
abarquen la adopción de medidas efectivas y coordinadas, según proceda, por parte
de los interesados pertinentes, como la policía y el sector judicial, así como los
proveedores de servicios de asistencia jurídica, servicios de atención de la salud,
centros de acogida, asistencia médica y psicológica, servicios de orientación y
protección, y plataformas digitales en línea, y, en casos en que las víctimas y las
supervivientes sean niñas, velando por que esos servicios, programas y respuestas
tengan en cuenta el interés superior de la menor;
f)
Estableciendo o reforzando los protocolos y procedimientos de respuesta
de las fuerzas del orden, los trabajadores sanitarios y sociales y los asesores a fin de
asegurar que se adopten y coordinen todas las medidas apropiadas para proteger a las
víctimas de la violencia, y atender sus necesidades, detectar casos de violencia y
evitar que se repitan y prevenir nuevos actos de este tipo y daños físicos y
psicológicos, velando por que los servicios prestados respondan a las necesidades de
quienes han sobrevivido a esas situaciones, entre otras cosas garantizando el acceso
a proveedores de servicios de salud, agentes de policía y asesores de sexo femenino
cuando se solicite, y salvaguardando la intimidad de las víctimas y manteniendo la
confidencialidad de su denuncia;
g)
Adoptando medidas que aseguren que todos los funcionarios, incluidos los
que ocupan puestos de liderazgo, encargados de ejecutar políticas y programas de
prevención de la violencia contra las mujeres y las niñas, de proteger y asistir a
víctimas y de investigar y castigar los actos de violencia reciban capacitación sobre
la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres y las niñas que los haga
conscientes de las necesidades específicas de cada género, así como de las causas
subyacentes y el efecto a corto y largo plazo de la violencia contra las mujeres y las
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