A/RES/79/152
Intensificación de los esfuerzos para prevenir y eliminar todas las formas
de violencia contra las mujeres y las niñas: el entorno digital
Expresando grave preocupación por el hecho de que las mujeres y las niñas
corren, tanto en línea como en otros entornos, un riesgo mayor y desproporcionado
de sufrir todas las formas de explotación sexual, abusos y violencia, incluido el acoso,
Poniendo de relieve que la violencia doméstica contra las mujeres y las niñas de
todas las clases sociales de todo el mundo es una vulneración, un abuso o un
menoscabo del disfrute de sus derechos humanos y libertades fundamentales y, como
tal, es inaceptable, y gravemente preocupada porque la violencia doméstica, incluida
la violencia de pareja y la violación conyugal, sigue siendo la forma más extendida y
menos visible de violencia,
Expresando preocupación por la continuidad y la interrelación entre la
violencia, el acoso y la discriminación contra las mujeres y las niñas en línea y en
otros entornos, condenando el aumento de estos actos cometidos, asistidos, agravados
o amplificados por el uso de la tecnología, como el ciberacecho o la difusión de datos
privados de las niñas y, cuando no se consiente, de las mujeres, y expresando
preocupación además por la magnitud de esta violencia y los importantes daños
físicos, sexuales, psicológicos, sociales, políticos y económicos que causan a las
mujeres y las niñas, a lo largo de toda su vida, vulnerando sus derechos y libertades,
Observando con preocupación la infrarrepresentación de las mujeres y las niñas,
y la falta de participación y liderazgo o la participación y liderazgo limitados de las
mujeres y, en su caso, de las niñas en la conceptualización, el diseño, el desarrollo, la
aplicación y el uso de las tecnologías digitales, así como el uso y la producción de
datos desequilibrados y no representativos, que pueden dar lugar a imprecisiones y
sesgos en los algoritmos, y en el entrenamiento de aplicaciones inteligentes y
soluciones basadas en la inteligencia artificial, y, por tanto, a discriminación, incluida
la discriminación racial y de género, lo que a su vez contribuye a la perpetuación de
la violencia contra las mujeres y las niñas, y observando con preocupación también
que esto repercute en la precisión de las tecnologías de reconocimiento facial, en
particular de las mujeres y las niñas, y agrava las desigualdades raciales,
Profundamente preocupada por el efecto de las desigualdades históricas y
estructurales, las relaciones de poder desiguales, los estereotipos de género y las
normas, percepciones y costumbres sociales negativas y el desprecio por la dignidad,
la integridad y la autonomía de las mujeres y las niñas, que se encuentran entre las
causas principales de la violencia de género y de las prácticas nocivas contra las
mujeres y las niñas y refuerzan la condición inferior de las niñas y las adolescentes
en la sociedad,
Reconociendo que la violencia contra las mujeres y las niñas es uno de los
medios sociales, políticos y económicos fundamentales a través de los cuales se
percibe que la posición de la mujer está subordinada con respecto al hombre y se
perpetúan sus papeles estereotipados, y que esta violencia está arraigada en
estereotipos de género y normas sociales negativas, como la ideología del derecho y
el privilegio de los hombres respecto de las mujeres, y percepciones relativas a la
masculinidad, como la necesidad de afirmar el control o el poder masculinos, que
redundan en la justificación, la normalización, la tolerancia o la perpetuación de la
violencia y en la estigmatización de las víctimas y las supervivientes,
Reconociendo también los retos y los obstáculos que se oponen a la eliminación
de las actitudes discriminatorias, los estereotipos de género y las normas sociales
negativas que perpetúan las formas múltiples e interseccionales de discriminación
contra las mujeres y las niñas, y destacando que subsisten retos y obstáculos en la
aplicación de las disposiciones y normas internacionales para eliminar la desigualdad
de género,
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