A/RES/59/84 Recordando las reuniones primera a quinta de los Estados partes en la Convención, celebradas en Maputo (1999) 2, Ginebra (2000) 3, Managua (2001) 4, Ginebra (2002) 5 y Bangkok (2003) 6, y la reafirmación de un compromiso de lograr la eliminación total de las minas antipersonal y de esforzarse, con renovado vigor, por limpiar las zonas minadas, prestar asistencia a las víctimas, destruir las minas antipersonal acumuladas y promover la adhesión universal a la Convención, Recordando también el proceso preparatorio de la Primera Conferencia de Examen de la Convención, que se celebrará en Nairobi del 29 de noviembre al 3 de diciembre de 2004, y las dos reuniones preparatorias celebradas en Ginebra el 13 de febrero y el 28 y 29 de junio de 2004 con arreglo a las decisiones de la Quinta Reunión de los Estados Partes 7, Acogiendo con beneplácito los seminarios regionales que se han celebrado en diferentes partes del mundo durante 2003 y 2004, que han contribuido al intercambio de información, experiencias y mejores prácticas en las actividades relativas a las minas, así como a los preparativos para la Primera Conferencia de Examen, y recordando los esfuerzos por aumentar la cooperación en el contexto regional y promover sinergias entre diferentes regiones, Observando con interés que se reconoce cada vez más la necesidad de integrar las actividades relativas a las minas en los programas y las estrategias nacionales de desarrollo y, a ese respecto, celebrando las novedades registradas con posterioridad a la Quinta Reunión de los Estados Partes, incluida la reunión entre el Presidente de la Quinta Reunión de los Estados Partes y el Presidente del Banco Mundial celebrada el 20 de septiembre de 2004, que contribuyó a la posible asociación entre la comunidad que se dedica a actividades relativas a las minas y el Banco Mundial, Observando con satisfacción el aumento del número de Estados que han ratificado la Convención o se han adherido a ella, gracias a lo cual el número total de Estados que han aceptado oficialmente las obligaciones estipuladas en la Convención asciende a ciento cuarenta y tres, Poniendo de relieve la conveniencia de lograr la adhesión de todos los Estados a la Convención y decidida a trabajar con denuedo para lograr su universalización, Observando con pesar que las minas antipersonal continúan utilizándose en conflictos en el mundo entero, lo cual ocasiona sufrimientos humanos y dificulta el desarrollo después de los conflictos, Invita a todos los Estados que no han firmado la Convención sobre la 1. prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonal y sobre su destrucción1 a adherirse a ella sin demora; 2. Insta a todos los Estados que han firmado la Convención pero que no la han ratificado a ratificarla sin demora; 3. Destaca la importancia de lograr la aplicación plena y efectiva de la Convención, así como su pleno cumplimiento; _______________ 2 Véase APLC/MSP.1/1999/1. Véase APLC/MSP.2/2000/1. 4 Véase APLC/MSP.3/2001/1. 5 Véase APLC/MSP.4/2002/1. 6 Véase APLC/MSP.5/2003/5. 7 Ibíd., parte I, secc. E. 3 2

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