A/RES/68/147 Derechos del niño cuando sea necesario, en cooperación con la comunidad internacional y el sector privado, que hagan frente a los factores que contribuyen a esas formas de trabajo infantil; 31. Exhorta también a todos los Estados a que tengan en cuenta el informe de la Organización Internacional del Trabajo sobre vulnerabilidad económica, protección social y lucha contra el trabajo infantil de 2013, insta a todos los Estados que aún no lo hayan hecho a que consideren la posibilidad de ratificar con carácter prioritario el Convenio sobre la Edad Mínima, 1973 (Núm. 138) 33 y el Convenio sobre las Peores Formas de Trabajo Infantil, 1999 (Núm. 182) 34 de la Organización Internacional del Trabajo, y alienta a los Estados a que consideren la posibilidad de ratificar el Convenio sobre las Trabajadoras y los Trabajadores Domésticos, 2011 (Núm. 189); 32. Insta a los Estados a que redoblen sus esfuerzos para cumplir el objetivo de eliminar las peores formas de trabajo infantil para 2016 y, a ese respecto, alienta a los Estados a que apliquen plenamente la Hoja de Ruta para Lograr la Eliminación de las Peores Formas de Trabajo Infantil para 2016, que se aprobó en la Conferencia Mundial sobre el Trabajo Infantil celebrada en La Haya; 33. Toma nota con aprecio de la Declaración de Brasilia sobre el Trabajo Infantil, documento final de la tercera Conferencia Global sobre el Trabajo Infantil, celebrada en Brasilia del 8 al 10 de octubre de 2013, e insta a los Estados a que continúen promoviendo la participación de todos los sectores de la sociedad para crear un entorno que propicie la erradicación del trabajo infantil; Prevención y eliminación de la violencia contra los niños 34. Condena todas las formas de violencia contra los niños, e insta a todos los Estados a que: a) Adopten medidas legislativas y de otro tipo apropiadas y efectivas para prohibir, prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra los niños en cualquier entorno, y refuercen la cooperación y la asistencia mutua a nivel internacional, nacional y local con ese fin; b) Respeten plenamente los derechos, la dignidad humana y la integridad física de los niños, y prevengan y eliminen toda forma de violencia emocional, física o sexual y cualquier otro tipo de trato o castigo humillante o degradante; c) Concedan una atención prioritaria a la prevención de todas las formas de violencia contra los niños y hagan frente a sus causas profundas y su dimensión de género mediante un enfoque sistemático, integral y múltiple, reconociendo que presenciar escenas de violencia, incluida la violencia doméstica, también perjudica a los niños; d) Elaboren estrategias nacionales bien coordinadas y dotadas de recursos suficientes para prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra los niños, que incluyan medidas encaminadas a, entre otros fines, crear mayor conciencia, desarrollar la capacidad de los profesionales que trabajan con y para los niños, apoyar programas eficaces de educación parental, fomentar la investigación, reunir datos sobre la incidencia de la violencia contra los niños, y elaborar e implantar _______________ 33 34 10/21 Ibid., vol. 1015, núm. 14862. Ibid., vol. 2133, núm. 37245.

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