A/RES/50/211
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Teniendo en cuenta que los países económicamente más desarrollados están
en condiciones de hacer contribuciones relativamente mayores y que los países
económicamente menos desarrollados tienen una capacidad relativamente limitada
de contribuir a una operación de esa índole,
Teniendo presente la responsabilidad especial de los Estados que son
miembros permanentes del Consejo de Seguridad en la financiación de tales
operaciones, como se señala en la resolución 1874 (S-IV) de la Asamblea
General, de 27 de junio de 1963,
Consciente de que es indispensable proporcionar a la Misión de
Asistencia los recursos financieros necesarios para que pueda desempeñar las
funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del
Consejo de Seguridad,
1.
Toma nota del estado de las contribuciones a la Misión de
Asistencia de las Naciones Unidas a Rwanda al 19 de diciembre de 1995, en
particular las cuotas pendientes de pago por valor de 74.322.512 dólares de
los Estados Unidos, que representan el 17% de todas las cuotas impuestas desde
el establecimiento de la Misión de Asistencia hasta el período terminado el 8
de diciembre de 1995, observa que aproximadamente el 22% de los Estados
Miembros ha pagado íntegramente sus cuotas e insta a los demás Estados
Miembros, en particular a los que estén en mora, a que abonen sus cuotas
pendientes de pago;
2.
Expresa su preocupación por la situación financiera de las
actividades de mantenimiento de la paz, en particular con respecto al
reembolso a los países que aportan contingentes, y principalmente los Estados
Miembros que aportan contingentes y han pagado íntegramente sus cuotas, los
cuales soportan una carga adicional debido al atraso de los Estados Miembros
en el pago de sus cuotas;
3.
Insta a todos los Estados Miembros a que hagan cuanto esté a su
alcance por pagar íntegra y puntualmente sus cuotas para la Misión de
Asistencia;
4.
Hace suyas, a título de excepción, en ausencia de un informe por
escrito, las observaciones y recomendaciones presentadas oralmente por el
Presidente de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de
Presupuesto;
5.
Pide al Secretario General que tome todas las medidas necesarias
para que la Misión de Asistencia se administre con el máximo de eficiencia y
economía;
6.
Decide consignar en la Cuenta Especial para la Misión de
Asistencia de las Naciones Unidas a Rwanda la suma de 32.324.500 dólares en
cifras brutas (31.828.900 dólares en cifras netas) para el funcionamiento de
la Misión de Asistencia durante el período comprendido entre el 1º de enero y
el 8 de marzo de 1996;
7.
Decide también, como medida especial, prorratear entre los Estados
Miembros la suma de 32.324.500 dólares en cifras brutas (31.828.900 dólares en
cifras netas) para el período comprendido entre el 1º de enero y el 8 de marzo
de 1996, con arreglo a la composición de los grupos indicada en los párrafos 3
y 4 de la resolución 43/232 de la Asamblea General, de 1º de marzo de 1989,
modificada por la Asamblea en sus resoluciones 44/192 B, de 21 de diciembre de
1989, 45/269, de 27 de agosto de 1991, 46/198 A, de 20 de diciembre de 1991, y
47/218 A, de 23 de diciembre de 1992, y en sus decisiones 48/472 A, de 23 de
diciembre de 1993, y 50/451 B, de 23 de diciembre de 1995, y mediante la
aplicación de la escala de cuotas para el año 1996;
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