A/RES/54/46
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Recordando también los informes del Secretario General de 11 de julio de 1986, 28 de agosto
de 1990, 16 de septiembre de 1992, 26 de julio de 1993, 22 de septiembre de 1995, 6 de agosto de 1997
y 9 de julio de 1999, y sus adiciones2,
1. Reafirma la importancia decisiva de las medidas efectivas de verificación en los acuerdos de
limitación de armamentos y desarme y otras obligaciones similares y la contribución esencial que han
aportado;
2. Pide al Secretario General que le informe en su quincuagésimo sexto período de sesiones sobre
las nuevas opiniones recibidas de los Estados Miembros de conformidad con lo dispuesto en las
resoluciones 50/61 y 52/31;
3. Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo sexto período de sesiones el tema
titulado “La verificación en todos sus aspectos, incluida la función de las Naciones Unidas en la esfera
de la verificación”.
69a. sesión plenaria
1º de diciembre de 1999
2
A/41/422 y Add.1 y 2, A/45/372 y Corr.1, A/47/405 y Add.1, A/48/227 y Add.1 y 2, A/50/377 y Corr.1,
A/52/269 y A/54/166.