A/RES/60/184
10. Pide que se aceleren las negociaciones sobre el mandato relacionado con
el desarrollo del Acuerdo sobre los aspectos de los derechos de propiedad intelectual
relacionados con el comercio 13 en el marco de la Declaración Ministerial de Doha,
especialmente las enmiendas de dicho Acuerdo, con el fin de que las normas sobre
propiedad intelectual estén en plena consonancia con los objetivos del Convenio
sobre la Diversidad Biológica 14 y que los aspectos de los derechos de propiedad
intelectual relacionados con el comercio y la salud pública aporten soluciones para
los problemas que aquejan a muchos países en desarrollo, incluidos los países
menos adelantados, especialmente los que se derivan del VIH/SIDA, la tuberculosis,
la malaria y otras epidemias;
11. Expresa su preocupación porque se ha adoptado una serie de medidas
unilaterales que no son compatibles con las normas de la Organización Mundial del
Comercio, perjudican las exportaciones de todos los países, en particular las de los
países en desarrollo, y afectan considerablemente a las negociaciones en curso de la
Organización Mundial del Comercio y al logro y el fortalecimiento de la dimensión
de desarrollo de las negociaciones comerciales;
12. Destaca la necesidad de seguir trabajando para promover una mayor
coherencia entre el sistema comercial bilateral y el sistema financiero, e insta a la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y Desarrollo a que, en
cumplimiento de su mandato, haga el análisis normativo pertinente en esas esferas y
ponga en marcha dicha labor, incluso mediante sus actividades de asistencia técnica;
13. Reafirma los compromisos contraídos en la Cuarta Conferencia
Ministerial de la Organización Mundial del Comercio4 y en la Tercera Conferencia
de las Naciones Unidas sobre los Países Menos Adelantados, celebrada en Bruselas
del 14 al 20 de mayo de 2001 15, insta, a ese respecto, a los países desarrollados que
aún no lo hayan hecho a que concedan inmediatamente un acceso sin tasas ni cuotas
arancelarias a todos los productos procedentes de todos los países menos
adelantados, exhorta también a los países en desarrollo que estén en condiciones de
hacerlo a que den acceso sin tasas ni cuotas arancelarias a las exportaciones de esos
países y, en ese contexto, reafirma la posibilidad de considerar medidas adicionales
para mejorar progresivamente el acceso a los mercados de los países menos
adelantados;
14. Reafirma también el compromiso de aplicar activamente el programa de
trabajo de la Organización Mundial del Comercio en lo que se refiere a los
problemas y las preocupaciones relacionados con el comercio que afectan a la
mayor integración de los países con economías pequeñas y vulnerables en el sistema
comercial multilateral de forma acorde con sus circunstancias especiales y en apoyo
de sus gestiones por lograr el desarrollo sostenible, de conformidad con el párrafo 35
de la Declaración Ministerial de Doha;
15. Reconoce los problemas y las necesidades especiales de los países en
desarrollo sin litoral en un nuevo marco mundial para la cooperación en materia de
transporte de tránsito para los países en desarrollo sin litoral y de tránsito, pide a ese
respecto que se aplique de modo pleno y efectivo el Programa de Acción de Almaty8,
_______________
13
Véase Instrumentos jurídicos que contienen los resultados de la Ronda Uruguay de negociaciones
comerciales multilaterales, hechos en Marrakech el 15 de abril de 1994 (publicación de la secretaría del
GATT, número de venta: GATT/1994-7).
14
Naciones Unidas, Treaty Series, vol. 1760, No. 30619.
15
Véase A/CONF.191/13.
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