A/RES/56/195
desastres naturales, y recalca la necesidad de dar a los países en desarrollo acceso a
las tecnologías para que afronten con eficacia los desastres naturales;
14. Exhorta a los gobiernos y a los organismos de las Naciones Unidas a que
colaboren más estrechamente en el intercambio de información sobre actividades de
respuesta y mitigación en casos de desastre, a que aprovechen plenamente los
servicios de información de las Naciones Unidas sobre situaciones de emergencia
como la red ReliefWeb, así como la Internet, y a que estudien otros métodos para
intercambiar información;
15. Exhorta a la secretaría interinstitucional
Coordinación de Asuntos Humanitarios de la
establecimiento de mejores vínculos con todos los
sector privado y las instituciones financieras,
actividades en casos de desastre;
de la Estrategia y a la Oficina de
Secretaría a que faciliten el
agentes pertinentes, incluidos el
para formular estrategias de
16. Alienta a la comunidad internacional a que proporcione los recursos
financieros necesarios al Fondo Fiduciario de la Estrategia Internacional de
Reducción de Desastres y suministre suficientes recursos científicos, técnicos,
humanos y de otra índole para asegurar que se preste un apoyo adecuado a la secretaría
interinstitucional de la Estrategia, y al Equipo de Tareas y sus grupos de trabajo;
17. Pide a las organizaciones competentes del sistema de las Naciones
Unidas que presten apoyo para que se cumplan los objetivos de la Estrategia, entre
otras cosas mediante la adscripción de personal técnico a la secretaría
interinstitucional de la Estrategia;
18. Hace suya la propuesta del Secretario General de examinar la aplicación
de la Estrategia de Yokohama para un mundo más seguro: Directrices para la
prevención de los desastres naturales, la preparación para casos de desastre y la
mitigación de sus efectos, y su Plan de Acción 1 en el contexto del marco de acción
para la aplicación de la Estrategia;
19. Pide al Secretario General que siga perfeccionando y difunda por todas
las vías disponibles, incluso por medio de manuales y sistemas de información, la
información necesaria para la gestión eficaz de la cooperación internacional en las
esferas de la prevención de desastres, la alerta temprana, la respuesta, la mitigación,
la rehabilitación y la reconstrucción;
20. Reitera la necesidad de que prosiga la cooperación internacional para
reducir los efectos del fenómeno de El Niño en el marco de acción para la
aplicación de la Estrategia, según lo solicitado por el Consejo Económico y Social
en sus resoluciones 1999/46, de 28 de julio de 1999, y 2000/33, de 28 de julio de
2000, y por la Asamblea en sus resoluciones 52/200, de 18 de diciembre de 1997,
53/185, de 15 de diciembre de 1998, 54/220, de 22 de diciembre de 1999, y 55/197,
de 20 de diciembre de 2000;
21. Reconoce la importancia de la alerta temprana como elemento esencial
de la cultura de prevención y alienta a que se redoblen los esfuerzos en todos los
planos para contribuir a la vigilancia de los riesgos naturales y la predicción de sus
consecuencias, el desarrollo y la transferencia de tecnología, el fomento de la
capacidad de preparación para casos de desastre, la detección de los riesgos
naturales y la emisión y comunicación de alertas tempranas, así como la educación y
la formación profesional, la información pública y las actividades de
sensibilización, y recalca la necesidad de adoptar medidas apropiadas en respuesta a
la alerta temprana;
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