A/RES/56/12 plano interinstitucional, de conformidad con la resolución 54/33, e insta a todos los órganos de las Naciones Unidas a que contribuyan a ese proceso señalando a la atención de la Secretaría y del Subcomité sobre Océanos y Zonas Costeras del Comité Administrativo de Coordinación las esferas de sus trabajos que puedan afectar, directa o indirectamente, la labor de otros órganos de las Naciones Unidas; 50. Pide también al Secretario General que señale la presente resolución a la atención de los jefes de las organizaciones intergubernamentales, los organismos especializados y los fondos y programas de las Naciones Unidas que lleven a cabo actividades relacionadas con los asuntos oceánicos y el derecho del mar, señalando a su atención los párrafos que más se apliquen a ellos, y destaca la importancia de su aportación constructiva y oportuna al informe del Secretario General sobre los océanos y el derecho del mar y de su participación en las reuniones y procesos pertinentes; 51. Invita a las organizaciones internacionales competentes, así como a las instituciones financieras, a que en sus programas y actividades tengan expresamente en cuenta la presente resolución y contribuyan a la preparación del informe amplio del Secretario General sobre los océanos y el derecho del mar; XV. Fondos fiduciarios 52. Reconoce la importancia de los fondos fiduciarios establecidos por el Secretario General de conformidad con lo dispuesto en la resolución 55/7 de la Asamblea General con el objeto de prestar asistencia a los Estados en la solución de controversias en el Tribunal 20, y de ayudar a los países en desarrollo, especialmente a los menos adelantados y a los pequeños Estados insulares en desarrollo, en la preparación de presentaciones ante la Comisión de conformidad con el artículo 76 de la Convención 21, a sufragar los gastos que acarree la participación de los miembros de la Comisión en las reuniones de la Comisión 22, y a asistir a las reuniones del proceso de consultas 23, e invita a los Estados, las organizaciones y organismos intergubernamentales, las instituciones nacionales, las organizaciones no gubernamentales y las instituciones financieras internacionales, así como a las personas naturales y jurídicas, a que hagan contribuciones voluntarias o de otro tipo a esos fondos fiduciarios; XVI. Quincuagésimo séptimo período de sesiones de la Asamblea General 53. Decide dedicar durante dos días, a saber, el 9 y el 10 de diciembre de 2002, las sesiones plenarias del quincuagésimo séptimo período de sesiones de la Asamblea General al examen del tema titulado “Los océanos y el derecho del mar” y a la celebración del vigésimo aniversario de la apertura a la firma de la Convención, e insta a los Estados Miembros y observadores a que se hagan representar al más alto nivel posible; 54. Pide al Secretario General que le presente en el quincuagésimo séptimo período de sesiones un informe sobre la aplicación de la presente resolución, incluidos otros acontecimientos y cuestiones relacionados con los asuntos oceánicos y el derecho del mar, en el contexto de su informe anual amplio sobre los océanos y _______________ 20 Véase resolución 55/7, párr. 9. Ibíd., párr. 18. 22 Ibíd., párr. 20. 23 Ibíd., párr. 45. 21 12

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