A/RES/53/220
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A. Fomento del comercio electrónico (Conferencia de las Naciones Unidas sobre Comercio y
Desarrollo);
B.
Fomento de la capacidad en materia de análisis de política económica y social en África
mediante el establecimiento de redes de conocimientos especializados (Comisión Económica para
África);
D. Sistema computadorizado y de telecomunicaciones para la fiscalización internacional y nacional
de drogas (Programa de las Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas);
E.
Fomento de la capacidad y establecimiento de redes para la ejecución del Programa de Hábitat
en los países menos adelantados (Centro de las Naciones Unidas para los Asentamientos
Humanos),
de manera excepcional y por una sola vez, sin que ello siente precedente ni determine de antemano el
resultado de su estudio sobre la sostenibilidad y sobre el establecimiento del mecanismo y las modalidades
de la Cuenta para el Desarrollo;
2. Hace hincapié en que, al aplicar esas propuestas, debería insistirse en promover las actividades
de desarrollo, y en que su aplicación debería demostrar los beneficios que se derivan del fomento de la
capacidad nacional, sobre todo en los países en desarrollo, y también en los países con economías en
transición;
3. Subraya que, al poner en práctica las propuestas, debería prestarse particular atención a la
utilización de los recursos técnicos, humanos y de otra índole de que disponen los países en desarrollo;
4. Decide que las propuestas se reformulen y apliquen de conformidad con las disposiciones
pertinentes del Reglamento Financiero y Reglamentación Financiera Detallada de las Naciones Unidas y
el Reglamento y Reglamentación Detallada para la planificación de los programas, los aspectos de
programas del presupuesto, la supervisión de la ejecución y los métodos de evaluación, tal como fueron
revisadas por la Asamblea General en su resolución 53/207, de 18 de diciembre de 1998;
5. Pide al Secretario General que reformule las demás propuestas que figuraban en su informe,
atendiendo a los siguientes criterios según los cuales los proyectos deberían:
a) Tener efecto multiplicativo y fomentar la creación de capacidad, sobre todo en los países en
desarrollo;
b) Promover la cooperación económica y técnica a escala regional e interregional entre los países en
desarrollo;
c) Aprovechar los recursos humanos y técnicos de las regiones en desarrollo;
y que le presente esas propuestas reformuladas en la segunda parte de la continuación de su quincuagésimo
tercer período de sesiones;
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