A/RES/57/203 cooperación internacional, así como a la promoción, la protección y la realización efectiva de los derechos humanos y las libertades fundamentales; 8. Subraya, en este contexto, que sigue siendo necesario contar con información imparcial y objetiva sobre la situación y los acontecimientos políticos, económicos y sociales de todos los países; 9. Invita a los Estados Miembros a que consideren la posibilidad de adoptar, según proceda, en el marco de sus respectivos sistemas jurídicos y de conformidad con las obligaciones que hayan contraído en virtud del derecho internacional, especialmente la Carta, así como con los instrumentos internacionales de derechos humanos, las medidas que consideren adecuadas para seguir avanzando en la cooperación internacional a fin de promover y alentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales; 10. Pide a la Comisión de Derechos Humanos que tenga debidamente en cuenta la presente resolución y considere nuevas propuestas para fortalecer la acción de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos mediante la promoción de la cooperación internacional y la importancia de la no selectividad, la imparcialidad y la objetividad; 11. Toma nota del informe del Secretario General 4 y le pide que invite a los Estados Miembros a que presenten propuestas e ideas prácticas que contribuyan a fortalecer la acción de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos mediante la promoción de la cooperación internacional basada en los principios de la no selectividad, la imparcialidad y la objetividad, y que le presente un informe completo sobre esta cuestión en su quincuagésimo octavo período de sesiones; 12. Decide examinar esta cuestión en su quincuagésimo octavo período de sesiones en relación con el tema titulado “Cuestiones relativas a los derechos humanos”. 77ª sesión plenaria 18 de diciembre de 2002 _______________ 4 A/57/385. 3

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