Seguimiento de la Segunda Asamblea Mundial
sobre el Envejecimiento
A/RES/74/125
cooperación triangular regional e internacional, para ayudar a los países en desarrollo
a aplicar el Plan de Acción de Madrid, reconociendo la importancia de dicha
asistencia y de la prestación de ayuda financiera;
40. Alienta a los Estados Miembros a que establezcan enfoques estratégicos y
opciones normativas, o fortalezcan los existentes, en relación con la salud física y
mental de las personas de edad ante la incidencia de enfermedades nuevas y
emergentes, sobre todo enfermedades no transmisibles, así como en relación con la
mayor esperanza de vida, prestando atención especial a promover una buena salud y
satisfacer las necesidades sanitarias en un proceso continuo de atención de la salud
que abarque la prevención, la detección y el diagnóstico, la gestión y la rehabilitación,
el tratamiento y los cuidados paliativos, a fin de proporcionar una amplia cobertura
de salud a las personas de edad;
41. Alienta a la comunidad internacional, en particular los donantes
internacionales y bilaterales, a que intensifique su cooperación en apoyo a las
iniciativas nacionales encaminadas a erradicar la pobreza, en consonancia con los
objetivos convenidos internacionalmente, a fin de que el apoyo social y económico a
las personas de edad llegue a ser sostenible y adecuado, teniendo presente que cada
país es el principal responsable de su propio desarrollo económico y social;
42. Alienta también a la comunidad internacional a que apoye los esfuerzos de
los países para forjar alianzas más firmes con la sociedad civil, incluidas las
organizaciones de personas de edad, las instituciones académicas, las fundaciones de
investigación, las organizaciones confesionales, las organizaciones comunitarias, en
particular los cuidadores, y el sector privado, a fin de ayudar a crear capacidad en
cuestiones relativas al envejecimiento;
43. Alienta a la comunidad internacional y los organismos competentes del
sistema de las Naciones Unidas a que, en el marco de sus mandatos respectivos,
apoyen los esfuerzos nacionales para aportar financiación a las iniciativas de
investigación y de reunión de datos sobre el envejecimiento, según corresponda, a fin
de comprender mejor los desafíos y las oportunidades que presenta el envejecimiento
de la población y proporcionar a los encargados de la formulación de políticas
información más precisa y específica sobre una perspectiva de género con relación al
envejecimiento, así como a que incluyan indicadores que proporcionen una base
empírica para el logro equitativo y la supervisión eficaz de la implementación de los
Objetivos de Desarrollo Sostenible, la Nueva Agenda Urbana 19 y la formulación de
políticas nacionales, y para tener una idea mejor de cómo promover el envejecimiento
de una forma que no se vea afectada negativamente por la rápida urbanización y
gentrificación;
44. Reconoce la importante función que ejercen diversas organizaciones
internacionales y regionales dedicadas a la capacitación, la creación de capacidad, la
formulación de políticas y la supervisión a nivel nacional y regional para promover y
facilitar la aplicación del Plan de Acción de Madrid, y reconoce también la labor que
se está llevando a cabo en distintas partes del mundo, a través de las comisiones
regionales y las iniciativas regionales, así como el trabajo de institutos como el
Instituto Internacional sobre el Envejecimiento (Malta) y el Centro Europeo de
Políticas de Bienestar Social e Investigación (Viena);
45. Toma nota con aprecio del trabajo realizado por el Grupo Interinstitucional
sobre el Envejecimiento, una red oficiosa de entidades interesadas de las Naciones
Unidas para intercambiar información e integrar el envejecimiento en sus programas
de trabajo sobre la implementación de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible;
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19-22218
Resolución 71/256, anexo.
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