A/RES/48/92
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Convencida de que la utilización de mercenarios es una amenaza para la
paz y la seguridad internacionales,
Profundamente preocupada por la amenaza que representan las actividades
de los mercenarios para todos los Estados, en particular para los Estados de
Africa y otros Estados en desarrollo,
Profundamente alarmada por la persistencia de las actividades delictivas
internacionales que llevan a cabo los mercenarios en colusión con los
traficantes de drogas,
Alarmada por la vinculación cada vez mayor que se observa entre las
actividades mercenarias y las prácticas terroristas,
Reconociendo que las actividades de los mercenarios son contrarias a los
principios fundamentales del derecho internacional, como la no injerencia en
los asuntos internos de los Estados, la integridad territorial y la
independencia, y obstaculizan el proceso de libre determinación de los pueblos
que luchan contra el colonialismo, el racismo, el apartheid y todas las formas
de dominación extranjera,
Profundamente preocupada porque Sudáfrica sigue participando en
actividades relacionadas con la utilización de mercenarios, como se señala en
el informe del Relator Especial 2/,
Recordando todas sus resoluciones pertinentes, en las que, entre otras
cosas, condena a todos los Estados que permiten o toleran el reclutamiento, la
financiación, el entrenamiento, la concentración, el tránsito, y la
utilización de mercenarios con el objetivo de derrocar a los gobiernos de
Estados Miembros de las Naciones Unidas, especialmente de países en
desarrollo, o de luchar contra movimientos de liberación nacional, y
recordando también las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, el
Consejo Económico y Social y la Organización de la Unidad Africana,
Profundamente preocupada también por la pérdida de vidas, los graves
daños materiales y los efectos negativos a corto y largo plazo sobre la
economía de los países del Africa meridional provocados por las agresiones
mercenarias,
Convencida de que es necesario fomentar la cooperación internacional
entre los Estados para la prevención, el encausamiento y el castigo de esos
delitos,
Recordando con satisfacción la aprobación de la Convención Internacional
contra el reclutamiento, la utilización, la financiación y el entrenamiento de
mercenarios 3/,
1.
Toma nota con reconocimiento del informe del Relator Especial de
la Comisión de Derechos Humanos 2/;
____________
2/
A/48/385.
3/
Resolución 44/34, anexo.
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