Inscripción de los nacimientos y derecho de todo ser humano al reconocimiento en todas partes de su personalidad jurídica (2017), para. 25
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12. Insta a los Estados a que identifiquen y eliminen los obstáculos físicos, administrativos, de procedimiento y de otra índole que dificultan el acceso a la inscripción de los nacimientos, incluida la inscripción tardía, prestando la debida atención a, entre otras cosas, las barreras que imponen la pobreza, la discapacidad, el género, la edad, los procesos de adopción, la nacionalidad, la apatridia, el desplazamiento, el analfabetismo y los contextos de detención, y a las personas en situaciones de vulnerabilidad;