Consolidación de los logros y aceleración de la labor destinada a controlar y eliminar la malaria en los países en desarrollo, en particular en África, para 2030 (2019), para. 62
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22. Insta a la comunidad internacional a que, entre otras cosas, apoye la labor del Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria para que pueda satisfacer sus necesidades financieras y, mediante iniciativas dirigidas por los países con apoyo internacional suficiente, aumentar el acceso a tratamientos antimaláricos que sean asequibles, seguros y eficaces, como tratamientos combinados con artemisinina, terapias preventivas intermitentes para embarazadas, niños menores de 5 años y niños menores de 1 año, servicios de diagnóstico adecuados, mosquiteros tratados con insecticidas de larga duración, incluso, cuando corresponda, distribuyéndolos gratuitamente, y, cuando proceda, a insecticidas de acción residual para la fumigación de interiores contra la malaria, teniendo en cuenta las normas internacionales pertinentes, incluidas las pautas y directrices del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes 17 ;