7. Alienta a todos los Estados a que adopten medidas para combatir la discriminación contra la mujer, especialmente cuando contribuya a la malnutrición de las mujeres y las niñas, incluso medidas para hacer respetar el derecho a la alimentación y asegurar a las mujeres el acceso en condiciones de igualdad a los recursos necesarios para poder alimentarse, en particular ingresos, tierras y agua;