Aplicación de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo: accesibilidad (2020), para. 50
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20. Exhorta a los Estados a que velen por que las personas con discapacidad puedan acceder, sin discriminación y en igualdad de condiciones con las demás, a enseñanza primaria, secundaria y terciaria, formación profesional, educación de adultos y enseñanza a lo largo de la vida inclusivas y de calidad y a que faciliten su participación plena e igualitaria en la educación adoptando las medidas apropiadas, como el suministro de información en formatos de comunicación accesibles y alternativos, ajustes razonables y otras medidas de apoyo que sean necesarias;