La tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (2020), para. 52
Párrafo- Original document
- Paragraph text
- Exhorta a la Oficina de la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, de conformidad con el mandato que le confirió en su resolución 48/141 , de 20 de diciembre de 1993, y a otras entidades de las Naciones Unidas pertinentes, con arreglo a su mandato y recursos existentes, a que sigan prestando a los Estados que lo soliciten servicios de asesoramiento para la prevención de la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, incluso para la preparación de los informes nacionales que se presentan al Comité, la aplicación de las recomendaciones del Comité y el establecimiento y funcionamiento de los mecanismos nacionales de prevención, así como asistencia técnica, por ejemplo para la elaboración, producción y distribución de material didáctico con tales fines, y exhorta además a la Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos a que siga prestando el apoyo necesario para que el Subcomité pueda brindar asesoramiento y asistencia a los Estados partes en el Protocolo Facultativo;
- Document body
- Asamblea general de las Naciones Unidas
- Temas
- Gobernanza y imperio de la ley
- Personas afectadas
- Todos
- Document year
- 2020
- Paragraph number
- 52
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