Naciones Unidas
Asamblea General
A/HRC/RES/40/7
Distr. general
5 de abril de 2019
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
40º período de sesiones
25 de febrero a 22 de marzo de 2019
Tema 3 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 21 de marzo de 2019
40/7.
El derecho a la alimentación
El Consejo de Derechos Humanos,
Recordando todas las resoluciones anteriores de la Asamblea General y del Consejo
de Derechos Humanos sobre el derecho a la alimentación, así como todas las resoluciones
aprobadas al respecto por la Comisión de Derechos Humanos,
Recordando también las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1,
relativa a la construcción institucional del Consejo de Derechos Humanos, y 5/2, relativa al
Código de Conducta para los Titulares de Mandatos de los Procedimientos Especiales del
Consejo, de 18 de junio de 2007, y destacando que todos los titulares de mandatos deberán
desempeñar sus funciones de conformidad con esas resoluciones y sus anexos,
Recordando además el séptimo período extraordinario de sesiones del Consejo de
Derechos Humanos, en que el Consejo analizó la repercusión negativa del empeoramiento
de la crisis mundial de alimentos en la realización del derecho a la alimentación para todos,
así como las resoluciones del Consejo S-7/1, de 22 de mayo de 2008, 9/6, de 18 de
septiembre de 2008, y 12/10, de 1 de octubre de 2009,
Recordando la Declaración Universal de Derechos Humanos, que dispone que toda
persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure la salud y el bienestar, y
en especial la alimentación, así como la Declaración Universal sobre la Erradicación del
Hambre y la Malnutrición, la Declaración del Milenio, en particular el primer Objetivo de
Desarrollo del Milenio, sobre la erradicación de la pobreza extrema y el hambre para 2015,
y la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible, en particular los Objetivos de Desarrollo
Sostenible consistentes en poner fin al hambre, lograr la seguridad alimentaria y la mejora
de la nutrición y promover la agricultura sostenible, y poner fin a la pobreza en todas sus
formas y en todo el mundo,
Recordando también las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos
Económicos, Sociales y Culturales, en que se reconoce el derecho fundamental de toda
persona a estar protegida contra el hambre,
Teniendo presentes la Declaración de Roma sobre la Seguridad Alimentaria Mundial
y el Plan de Acción de la Cumbre Mundial sobre la Alimentación, aprobados en la Cumbre
Mundial sobre la Alimentación en noviembre de 1996, la Declaración de la Cumbre
Mundial sobre la Alimentación: cinco años después, aprobada el 13 de junio de 2002, y la
Declaración de la Cumbre Mundial sobre la Seguridad Alimentaria, aprobada el 16 de
noviembre de 2009,
GE.19-05728 (S)
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