Matrimonio infantil, precoz y forzado (2017), para. 26
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7. Reconoce que el niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, debe crecer en el seno de la familia, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión, y que incumbe a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño, conviniendo en que es preciso que se les proporcione apoyo a fin de mejorar su capacidad para prevenir y eliminar el matrimonio infantil, precoz y forzado y reafirmando que su preocupación fundamental ha de ser el interés superior del niño;