A/HRC/44/48
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
15 de abril de 2020
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
44º período de sesiones
15 de junio a 3 de julio de 2020
Tema 3 de la agenda
Promoción y protección de todos los derechos humanos,
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales,
incluido el derecho al desarrollo
Derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel
posible de salud física y mental
Informe del Relator Especial sobre el derecho de toda persona
al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental
Resumen
En este informe, presentado de conformidad con la resolución 42/16 del Consejo de
Derechos Humanos, el Relator Especial explica en detalle los elementos necesarios para
establecer un programa mundial basado en los derechos para promover el derecho a la
salud mental.
El Relator Especial celebra que se reconozca internacionalmente que no hay salud
sin salud mental y aprecia las diferentes iniciativas mundiales para promover todos los
elementos de la salud mental global: la promoción, la prevención, el tratamiento, la
rehabilitación y la recuperación. Sin embargo, también hace hincapié en que, a pesar de las
tendencias prometedoras, sigue habiendo una inacción mundial respecto del statu quo para
hacer frente a las violaciones de los derechos humanos en los sistemas de atención de la
salud mental. Este mantenimiento del statu quo refuerza un círculo vicioso de
discriminación, desempoderamiento, coerción, exclusión social e injusticia. Para poner fin
al ciclo, la angustia, el tratamiento y el apoyo deben ser vistos de manera más amplia y
deben ir mucho más allá de un entendimiento biomédico de la salud mental. Deben
iniciarse conversaciones a nivel mundial, regional y nacional para discutir cómo entender y
responder a las enfermedades mentales. Esos debates y medidas deben basarse en los
derechos, ser holísticos y estar arraigados en la experiencia vivida por quienes más han sido
dejados atrás por los sistemas, las instituciones y las prácticas sociopolíticas perjudiciales.
El Relator Especial formula una serie de recomendaciones a los Estados, a las
organizaciones que representan a la profesión psiquiátrica y a la Organización Mundial de
la Salud.
GE.20-05623 (S)
260420 010520