A/RES/50/199 Página 2 al tiempo que anunciaba su propósito de aceptar el principio de la alternancia en el poder, levantar la prohibición que pesaba sobre las actividades políticas y de la prensa, restablecer los poderes de los gobiernos locales y subordinar el ejército al poder civil, pero decepcionada por el hecho de que no se hayan adoptado más que unas pocas medidas al respecto, Tomando nota con alarma de las recientes ejecuciones arbitrarias de nueve personas, a saber, Ken Saro-Wiwa, Barinem Kiobel, Saturday Dobee, Paul Levura, Nordu Eawo, Felix Nwate, Daniel Gbokoo, John Kpuimen y Baribor Bera, Tomando nota de la decisión de los Jefes de Gobierno de los países del Commonwealth de suspender la condición de Nigeria como miembro del Commonwealth, Tomando nota también de las decisiones de la Unión Europea y de otros Estados y grupos de Estados en relación con Nigeria, Profundamente preocupada por la situación de los derechos humanos en Nigeria y por los sufrimientos que esa situación causa al pueblo de Nigeria, 1. Condena la ejecución arbitraria, después de un proceso judicial irregular, de Ken Saro-Wiwa y los otros ocho acusados, y destaca que toda persona acusada de la comisión de un delito tiene derecho a que se presuma su inocencia hasta que se pruebe su culpabilidad con arreglo a la ley en un juicio público con todas las garantías de defensa necesarias; 2. Expresa su profunda preocupación por otras violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales en Nigeria, y exhorta al Gobierno de Nigeria a que garantice urgentemente su observancia, particularmente restableciendo el derecho de habeas corpus, excarcelando a todos los presos políticos, garantizando la libertad de la prensa y velando por el pleno respeto de los derechos de todas las personas, incluidos sindicalistas y personas pertenecientes a minorías; 3. Hace un llamamiento al Gobierno de Nigeria para que cumpla las obligaciones que contrajo libremente con arreglo al Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y otros instrumentos internacionales de derechos humanos; 4. Insta al Gobierno de Nigeria a que adopte de inmediato medidas concretas para restablecer el régimen democrático; 5. Acoge con beneplácito las decisiones adoptadas por los Estados del Commonwealth y otros Estados de manera individual o colectiva a los efectos de tomar diversas medidas encaminadas a recalcar al Gobierno de Nigeria la importancia del restablecimiento del régimen democrático y del respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, y expresa la esperanza de que esas medidas y otras medidas posibles que adopten otros Estados, compatibles con el derecho internacional, alienten al Gobierno de Nigeria a cumplir ese objetivo concreto; 6. Invita a la Comisión de Derechos Humanos a que, en su 52º período de sesiones, preste atención con urgencia a la situación de los derechos humanos en Nigeria, y recomienda a este respecto que los mecanismos competentes de ésta, particularmente el Relator Especial sobre ejecuciones /...

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