A/HRC/RES/34/11
Naciones Unidas
Asamblea General
Distr. general
10 de abril de 2017
Español
Original: inglés
Consejo de Derechos Humanos
34º período de sesiones
27 de febrero a 24 de marzo de 2017
Tema 3 de la agenda
Resolución aprobada por el Consejo de Derechos Humanos
el 23 de marzo de 2017
34/11. Las repercusiones negativas en el goce de los derechos
humanos de la no repatriación a los países de procedencia
de los fondos de origen ilícito, y la importancia de mejorar
la cooperación internacional
El Consejo de Derechos Humanos,
Guiado por los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas,
Reafirmando la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Declaración sobre
el Derecho al Desarrollo, la Declaración y el Programa de Acción de Viena y los demás
instrumentos pertinentes de derechos humanos,
Reiterando el compromiso de velar por el goce efectivo de todos los derechos
civiles, políticos, económicos, sociales y culturales, incluido el derecho al desarrollo, de
todas las personas y la obligación de todos los Estados, cualesquiera sean sus sistemas
políticos, económicos y culturales, de promover, proteger y respetar todos los derechos
humanos y libertades fundamentales,
Recordando las resoluciones de la Asamblea General 60/251, de 15 de marzo de
2006, 62/219, de 22 de diciembre de 2007, y 65/281, de 17 de junio de 2011, y las
resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 5/1 y 5/2, de 18 de junio de 2007, 11/11,
de 18 de junio de 2009, y 16/21, de 25 de marzo de 2011,
Recordando también las resoluciones de la Asamblea General 54/205, de 22 de
diciembre de 1999, 55/61, de 4 de diciembre de 2000, 55/188, de 20 de diciembre de 2000,
56/186, de 21 de diciembre de 2001, 57/244, de 20 de diciembre de 2002, 58/205, de 23 de
diciembre de 2003, 59/242, de 22 de diciembre de 2004, 60/1, de 16 de septiembre de 2005,
60/207, de 22 de diciembre de 2005, 61/209, de 20 de diciembre de 2006, 62/202, de 19 de
diciembre de 2007, 63/226, de 19 de diciembre de 2008, 64/237, de 24 de diciembre
de 2009, 65/1, de 22 de septiembre de 2010, 65/169, de 20 de diciembre de 2010, 67/192,
de 20 de diciembre de 2012, 68/195, de 18 de diciembre de 2013, 68/309, de 10 de
septiembre de 2014, y 69/199, de 18 de diciembre de 2014,
Recordando además las resoluciones del Consejo de Derechos Humanos 17/23, de
17 de junio de 2011, 19/38, de 23 de marzo de 2012, 22/12, de 21 de marzo de 2013, 25/9,
de 27 de marzo de 2014, 28/5, de 26 de marzo de 2015, y 31/22, de 24 de marzo de 2016,
Recordando que los derechos humanos, reconocidos en la Declaración Universal de
Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto
GE.17-05758 (S)
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