A/RES/65/188
aumentar los conocimientos, crear mayor conciencia y asegurar atención prenatal y
postnatal apropiada para prevenir la fístula obstétrica;
5.
Exhorta también a los Estados a garantizar el derecho de las mujeres y
las niñas a recibir una educación de calidad en pie de igualdad con los hombres y los
niños y a velar por que concluyan el ciclo completo de estudios primarios, y a
renovar sus esfuerzos para mejorar y ampliar la educación de las mujeres y las niñas
en todos los niveles, incluidos los niveles secundario y superior, así como la
formación profesional y la capacitación técnica, para lograr, entre otros objetivos, la
igualdad entre los géneros, el empoderamiento de la mujer y la erradicación de la
pobreza;
Insta a los Estados a que promulguen y hagan cumplir estrictamente
6.
leyes que estipulen que solo se podrá contraer matrimonio con el libre y pleno
consentimiento de los futuros cónyuges y, además, a que promulguen y hagan
cumplir estrictamente leyes relativas a la edad mínima para expresar consentimiento
y para contraer matrimonio, y a que eleven la edad mínima para contraer
matrimonio, cuando sea necesario;
Exhorta a la comunidad internacional a que apoye las actividades del
7.
Fondo de Población de las Naciones Unidas y otros asociados en la Campaña
mundial para erradicar la fístula, incluida la Organización Mundial de la Salud, para
establecer y financiar centros regionales de tratamiento y formación en relación con
la fístula, así como centros nacionales donde sea necesario, indicando las
instalaciones de salud que tienen posibilidades de servir como centros de
tratamiento, formación y atención de convalecientes y prestándoles apoyo;
Exhorta a los Estados a que aceleren los progresos para lograr el quinto
8.
Objetivo de Desarrollo del Milenio y sus dos metas, tratando en forma amplia la
salud reproductiva y la salud materna, neonatal e infantil, por medios como la
prestación de servicios de planificación de la familia, atención prenatal, asistencia
cualificada en el parto, atención obstétrica y neonatal de emergencia, y métodos de
prevención y tratamiento de las enfermedades e infecciones de transmisión sexual,
como el VIH, en sistemas de salud fortalecidos que presten servicios de atención de
la salud integrados, accesibles y asequibles e incluyan servicios de atención
preventiva y clínica de base comunitaria, como también se refleja en el documento
final de la Reunión Plenaria de Alto Nivel de la Asamblea General sobre los
Objetivos de Desarrollo del Milenio titulado “Cumplir la promesa: unidos para
lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio”10, y en la Estrategia Mundial para la
Salud de la Mujer y el Niño;
9.
Exhorta a los Estados y a los fondos y programas, órganos y organismos
especializados competentes del sistema de las Naciones Unidas, en el ámbito de sus
mandatos respectivos, e invita a las instituciones financieras internacionales y a
todas las instancias pertinentes de la sociedad civil, incluidas las organizaciones no
gubernamentales y el sector privado, a:
a) Intensificar sus esfuerzos para alcanzar la meta acordada
internacionalmente de mejorar la salud materna velando por que los servicios de
salud materna y de tratamiento de la fístula obstétrica sean geográficamente
accesibles y económicamente asequibles, en particular facilitando un mayor acceso
a la asistencia cualificada en el parto y la atención obstétrica de emergencia, así
como a la atención prenatal y postnatal apropiada;
b) Elaborar, aplicar y apoyar estrategias nacionales e internacionales de
prevención, atención y tratamiento, y de reintegración y apoyo socioeconómicos,
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