A/RES/65/188 influyentes y responsables de políticas; apoyar la formación de médicos, parteras, enfermeras y otros trabajadores de la salud en la atención obstétrica vital; e incluir sistemáticamente la capacitación en reparación, tratamiento y atención de casos de fístula en los programas de formación de los profesionales de la salud; k) Establecer medios de transporte y financiación que permitan a las mujeres y las niñas tener acceso a la atención y el tratamiento obstétricos, y crear incentivos y otros medios para que en las zonas rurales haya profesionales de la salud cualificados que puedan realizar intervenciones a fin de prevenir la fístula obstétrica; 10. Alienta la comunicación y la creación de redes entre los centros de tratamiento de la fístula a fin de facilitar la capacitación, la investigación, las actividades de promoción y la recaudación de fondos, así como el desarrollo y la aplicación de normas pertinentes, en particular el documento publicado en 2006 por la Organización Mundial de la Salud titulado Obstetric Fistula: Guiding Principles for Clinical Management and Programme Development 11, que proporciona información básica y principios para desarrollar estrategias y programas de prevención y tratamiento de la fístula; 11. Insta a la comunidad internacional a que trate de resolver el problema de la escasez de médicos, parteras, enfermeras y otros trabajadores de la salud capacitados para prestar servicios obstétricos vitales, así como la escasez de locales y suministros, que limita la capacidad de la mayoría de los centros de tratamiento de la fístula; 12. Insta a los donantes multilaterales e invita a las instituciones financieras internacionales, en el ámbito de sus mandatos respectivos, y a los bancos regionales de desarrollo a que examinen y pongan en práctica políticas en apoyo de los esfuerzos nacionales para asegurar que una mayor proporción de los recursos llegue a las mujeres jóvenes y las niñas, en particular en las zonas rurales y muy apartadas; 13. Invita a los Estados Miembros a contribuir a los esfuerzos por eliminar la fístula obstétrica, en particular a la Campaña mundial para erradicar la fístula del Fondo de Población de las Naciones Unidas, con el fin de eliminar la fístula obstétrica para 2015, en consonancia con el Objetivo de Desarrollo del Milenio de mejorar la salud materna; 14. Solicita al Secretario General que en su sexagésimo séptimo período de sesiones le presente un informe sobre la aplicación de la presente resolución, en relación con el tema titulado “Adelanto de la mujer”. 71ª sesión plenaria 21 de diciembre de 2010 _______________ 11 Organización Mundial de la Salud (Ginebra, 2006). Se www.who.int/reproductivehealth/publications/maternal_perinatal_health/. 6 puede consultar en

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