A/RES/48/264
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14.
Decide incluir en el programa provisional de su quincuagésimo
segundo período de sesiones el tema titulado "Revitalización de la labor de la
Asamblea General".
102ª sesión plenaria
29 de julio de 1994
ANEXO I
Directrices sobre la racionalización del programa de
la Asamblea General
1.
Las sesiones plenarias de la Asamblea General deberían servir de
foro para formular declaraciones de política de alto nivel, así como para
examinar, entre otros, temas del programa que revistan especial urgencia o
importancia política.
2.
La Asamblea General, teniendo en cuenta las recomendaciones de la
Mesa, debería examinar en sesiones plenarias los temas del programa que, por
cuya índole, correspondieran a más de una Comisión Principal o no estuviesen
comprendidos en el ámbito de ninguna de ellas.
3.
Los temas sustantivos que inicialmente hubiesen sido asignados
directamente a sesiones plenarias de la Asamblea General, podrían ser
asignados a una Comisión Principal de conformidad con el reglamento de la
Asamblea y, en particular, con la decisión 34/401 de la Asamblea, que
constituye el anexo VI del reglamento.
4.
El programa será objeto de revisiones periódicas, teniendo en cuenta
las opiniones de los Estados Miembros interesados, a fin de determinar si es
posible suprimir algún tema respecto del cual no se hubiese aprobado
resolución o decisión alguna durante un cierto período.
5.
Habría que alentar a las Comisiones Principales a que siguieran
revisando sus respectivos programas, teniendo en cuenta, entre otros, los
elementos siguientes:
a)
Los temas del programa relativos a cuestiones cuyos elementos de
fondo estuviesen estrechamente relacionados entre sí podrían refundirse en un
tema único o ser incorporados como subtemas cuando ello fuese posible sin
desmedro de los temas o subtemas de que se tratase;
Los temas que se refiriesen a cuestiones o problemas conexos podrían
b)
ser examinados en grupos, previo acuerdo sobre ellos;
c)
La cuestión de la bienalización y la trienalización de los temas del
programa de las Comisiones Principales podría ser examinada de conformidad con
las resoluciones pertinentes de la Asamblea General;
d)
Habría que mantener la actual división general de los trabajos entre
las Comisiones Principales.
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