A/RES/59/263
c)
Restablezca la democracia y respete los resultados de las elecciones de
1990 mediante, entre otras cosas, la liberación inmediata e incondicional de los
dirigentes de la Liga Democrática Nacional, incluidos Daw Aung San Suu Kyi y los
miembros de la Liga detenidos el 30 de mayo de 2003 o después de esa fecha y
otros presos de conciencia, cese su constante acoso de la Liga y otros partidos
políticos y permita la reapertura de las oficinas de la Liga en todo el país;
d) Ponga en libertad inmediata e incondicionalmente a todos los detenidos o
presos políticos;
e)
Inicie una investigación completa e independiente, con cooperación
internacional, del incidente ocurrido el 30 de mayo de 2003 en Depayin, como pidió
la Asamblea General en su quincuagésimo octavo período de sesiones;
f)
Coopere plenamente con el Enviado Especial y el Relator Especial para
encaminar al país hacia la transición al gobierno civil, se asegure sin más demora de
que ambos tengan acceso pleno y libre y sin obstáculos a Myanmar y que las
personas que cooperan con ellos o con cualquier organización internacional no sean
objeto de intimidación, acoso o castigo de ningún tipo, y que examine con carácter
urgente los casos de las personas que sufren castigos por esa razón;
g) Considere la posibilidad, como cuestión prioritaria, de hacerse parte en
todos los instrumentos internacionales de derechos humanos pertinentes;
h) Ponga en práctica plenamente y de inmediato disposiciones legislativas,
ejecutivas y administrativas concretas para erradicar la práctica de los trabajos
forzosos por todos los órganos de gobierno, incluidas las fuerzas armadas, coopere
con la Organización Internacional del Trabajo y cumpla en su integridad las
recomendaciones de la Comisión de Encuesta establecida para examinar el
cumplimiento por Myanmar del Convenio relativo al trabajo forzoso u obligatorio,
de 1930 (Convenio No. 29), de la Organización Internacional del Trabajo;
i)
Ponga fin de inmediato al reclutamiento y la utilización de niños
soldados y coopere plenamente con las organizaciones internacionales competentes
a los efectos de la desmovilización de esos niños, el regreso a sus familias y su
rehabilitación, de conformidad con las recomendaciones del Comité de los Derechos
del Niño 4;
j)
Ponga término a la política de desplazamiento forzoso y sistemático de
personas y otras políticas que causan desplazamientos en Myanmar y corrientes de
refugiados a países vecinos, dé la protección y asistencia necesarias a las personas
desplazadas dentro del país y respete el derecho de los refugiados a regresar
voluntariamente en condiciones de seguridad y dignidad bajo la supervisión de los
organismos internacionales que corresponda;
k)
Permita el acceso inmediato, sin restricciones y en condiciones de
seguridad de las Naciones Unidas y las organizaciones humanitarias internacionales
a todas las zonas de Myanmar para prestar asistencia humanitaria y garantizar que
ésta llegue a los grupos más vulnerables de la población, incluidas las personas
desplazadas dentro del país y los repatriados;
l)
Trate de poner fin de inmediato, por conducto del diálogo y por medios
pacíficos, al conflicto con todos los grupos étnicos con los que aún no se han
firmado acuerdos de cesación del fuego;
_______________
4
Véase CRC/C/15/Add.237.
3
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