A
NACIONES
UNIDAS
Asamblea General
Distr.
GENERAL
A/RES/50/174
27 de febero de 1996
Quincuagésimo período de sesiones
Tema 112 b) del programa
RESOLUCIÓN APROBADA POR LA ASAMBLEA GENERAL
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/50/635/Add.2)]
50/174.
Fortalecimiento de las actividades de las
Naciones Unidas en la esfera de los derechos
humanos mediante el fomento de la
cooperación internacional e importancia de
la no selectividad, la imparcialidad y la
objetividad
La Asamblea General,
Reafirmando su fe en los derechos humanos fundamentales, en la dignidad
y el valor de la persona humana y en la igualdad de derechos de hombres y
mujeres y de naciones grandes y pequeñas, y reafirmando también su
determinación de promover el progreso social y mejores niveles de vida con
mayor libertad,
Teniendo presente que entre los propósitos de las Naciones Unidas están
el de fomentar entre las naciones relaciones de amistad basadas en el respeto
al principio de la igualdad de derechos y la libre determinación de los
pueblos, y tomar otras medidas adecuadas para fortalecer la paz universal y
realizar la cooperación internacional en la solución de problemas
internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario y en el
desarrollo y estímulo del respeto de los derechos humanos y de las libertades
fundamentales de todos, sin distinción por motivos de raza, sexo, idioma o
religión,
Recordando que, de conformidad con el Artículo 55 de la Carta de las
Naciones Unidas, la Organización debe promover el respeto universal de los
derechos humanos y las libertades fundamentales de todos y la efectividad de
tales derechos y libertades con el propósito de crear las condiciones de
estabilidad y bienestar necesarias para las relaciones pacíficas y amistosas
entre las naciones, basadas en el respeto del principio de la igualdad de
derechos y la libre determinación de los pueblos, y que, de conformidad con el
Artículo 56, todos los Miembros se comprometen a tomar medidas conjunta o
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