A/RES/68/227
Naciones Unidas
Distr. general
29 de enero de 2014
Asamblea General
Sexagésimo octavo período de sesiones
Tema 23 b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de diciembre de 2013
[sobre la base del informe de la Segunda Comisión (A/68/442/Add.2)]
68/227. La mujer en el desarrollo
La Asamblea General,
Recordando sus resoluciones 50/104, de 20 de diciembre de 1995, 52/195, de
18 de diciembre de 1997, 54/210, de 22 de diciembre de 1999, 56/188, de 21 de
diciembre de 2001, 58/206, de 23 de diciembre de 2003, 59/248, de 22 de diciembre
de 2004, 60/210, de 22 de diciembre de 2005, 62/206, de 19 de diciembre de 2007,
64/217, de 21 de diciembre de 2009 y 66/216, de 22 de diciembre de 2011, y todas
las demás resoluciones sobre la mujer en el desarrollo, así como las resoluciones
pertinentes y las conclusiones convenidas aprobadas por la Comisión de la
Condición Jurídica y Social de la Mujer, incluida la Declaración aprobada en su 49º
período de sesiones 1,
Reafirmando la Declaración 2 y la Plataforma de Acción de Beijing 3 y los
resultados del vigésimo tercer período extraordinario de sesiones de la Asamblea
General, titulado “La mujer en el año 2000: igualdad entre los géneros, desarrollo y
paz para el siglo XXI” 4,
Reafirmando también los compromisos en favor de la igualdad entre los
géneros y el adelanto de la mujer contraídos en la Cumbre del Milenio 5, en la
Cumbre Mundial 2005 6, en el documento final de la Conferencia de las Naciones
Unidas sobre el Desarrollo Sostenible, titulado “El futuro que queremos” 7, y en
otras grandes cumbres y conferencias y períodos extraordinarios de sesiones
organizados por las Naciones Unidas, y reafirmando asimismo que la aplicación
plena, efectiva y acelerada de esos compromisos es esencial para la consecución de
_______________
1
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2005, Suplemento núm. 7 y corrección
(E/2005/27 y Corr.1), cap. I, secc. A.
2
Informe de la Cuarta Conferencia Mundial sobre la Mujer, Beijing, 4 a 15 de septiembre de 1995
(publicación de las Naciones Unidas, núm. de venta: S.96.IV.13), cap. I, resolución 1, anexo I.
3
Ibid., anexo II.
4
Resoluciones S-23/2, anexo, y S-23/3, anexo.
5
Véase la resolución 55/2.
6
Véase la resolución 60/1.
7
Véase la resolución 66/288, anexo.
13-45310
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