Naciones Unidas
Asamblea General
A/RES/61/147
Distr. general
7 de enero de 2007
Sexagésimo primer período de sesiones
Tema 65 a) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 19 de diciembre de 2006
[sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/61/441)]
61/147. Inadmisibilidad de ciertas prácticas que contribuyen
a exacerbar las formas contemporáneas de racismo,
discriminación racial, xenofobia y formas conexas de
intolerancia
La Asamblea General,
Guiada por la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal
de Derechos Humanos 1, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos 2,
la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial 3 y otros instrumentos pertinentes de derechos humanos,
Recordando lo dispuesto en las resoluciones de la Comisión de Derechos
Humanos 2004/16, de 16 de abril de 2004 4, y 2005/5, de 14 de abril de 2005 5, así
como su resolución 60/143, de 16 de diciembre de 2005, sobre esta cuestión, y su
resolución 60/144, de 16 de diciembre de 2005, titulada “Actividades mundiales
para la eliminación total del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y las
formas conexas de intolerancia y para la aplicación y el seguimiento generales de la
Declaración y el Programa de Acción de Durban”,
Recordando también el Estatuto del Tribunal de Nuremberg y el fallo del
Tribunal, que reconoció que la organización Waffen-SS y todas sus partes
constitutivas eran criminales y la declaró responsable de muchos crímenes de guerra
y crímenes de lesa humanidad,
Recordando además las disposiciones pertinentes de la Declaración y el
Programa de Acción de Durban, aprobados el 8 de septiembre de 2001 por la
Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación Racial, la Xenofobia y
_______________
1
Resolución 217 A (III).
Véase la resolución 2200 A (XXI), anexo.
3
United Nations, Treaty Series, vol. 606, No. 9464.
4
Véase Documentos Oficiales del Consejo Económico y Social, 2004, Suplemento No. 3 (E/2004/23),
cap. II, secc. A.
5
Ibíd., 2005, Suplemento No. 3 (E/2005/23), cap. II, secc. A.
2
06-50328