A/RES/57/174
18. Exhorta a todos los Estados a que den prioridad a la preparación y
ejecución de normas y programas para que los niños y los jóvenes cobren conciencia
de la cuestión mediante, entre otras cosas, programas de información y educación
sobre los riesgos derivados del consumo de estupefacientes y sustancias
sicotrópicas, incluidas las drogas sintéticas, así como de los derivados del consumo
de tabaco y alcohol, con miras a prevenir su consumo y reducir los efectos adversos
de su uso indebido;
19. Exhorta también a todos los Estados a que faciliten el acceso de los
niños, incluidos los adolescentes, adictos al consumo de estupefacientes, sustancias
sicotrópicas, sustancias inhalables y alcohol a métodos de tratamiento y
rehabilitación apropiados;
20. Exhorta además a todos los Estados a que adopten medidas, entre ellas,
cuando proceda, las medidas legislativas nacionales que sean posibles para encarar
el problema de la relación entre el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras y el
tráfico ilícito de estupefacientes, entre otros delitos conexos, mediante una mayor
cooperación internacional y la plena aplicación del Programa de Acción para
prevenir, combatir y eliminar el tráfico ilícito de armas pequeñas y ligeras en todos
sus aspectos 18;
21. Acoge con satisfacción la aprobación de la Convención de las Naciones
Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional 19 y sus tres Protocolos, a
saber el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas,
especialmente mujeres y niños 20, el Protocolo contra el tráfico ilícito de migrantes
por tierra, mar y aire 21 y el Protocolo contra la fabricación y el tráfico ilícitos de
armas de fuego, sus piezas y componentes y municiones 22, y alienta a todos los
Estados a firmar y ratificar estos instrumentos jurídicos para darles carácter
universal;
22. Subraya la necesidad de una acción coordinada para reducir la demanda de
drogas ilícitas en el contexto de un enfoque amplio, equilibrado y coordinado que
comprenda la fiscalización de la oferta y la reducción de la demanda, como se indica
en el Plan de Acción para la aplicación de la Declaración sobre los principios rectores
de la reducción de la demanda de drogas, observando, entre otras cosas, los nexos que
existen entre el tráfico de drogas, la delincuencia organizada y el terrorismo;
23. Reconoce la necesidad de prestar apoyo a los Estados más afectados por
el tránsito de drogas de conformidad con la resolución 2002/21 del Consejo
Económico y Social, de 24 de julio de 2002, en que se pedía al Programa de las
Naciones Unidas para la Fiscalización Internacional de Drogas que siguiera
prestando asistencia técnica, con cargo a las contribuciones voluntarias disponibles
para ese fin, a los Estados que, según los organismos internacionales competentes,
resultasen más perjudicados por el tránsito de drogas, en particular los países en
desarrollo que necesitasen este tipo de asistencia y apoyo;
_______________
18
Véase Informe de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Tráfico Ilícito de Armas Pequeñas y
Ligeras en Todos sus Aspectos, Nueva York, 9 a 20 de julio de 2001 (A/CONF.192/15 y Corr.1), cap. IV,
párr. 24.
19
Resolución 55/25, anexo I.
20
Ibíd., anexo II.
21
Ibíd., anexo III.
22
Resolución 55/255, anexo.
7
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