A/RES/62/256 Naciones Unidas Distr. general 22 de julio de 2008 Asamblea General Sexagésimo segundo período de sesiones Tema 144 del programa Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de junio de 2008 [sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/62/869)] 62/256. Financiación de la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo La Asamblea General, Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la financiación de la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo 1 y el informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de Presupuesto 2, 0F 1F Recordando las resoluciones del Consejo de Seguridad 1258 (1999), de 6 de agosto de 1999, y 1279 (1999), de 30 de noviembre de 1999, relativas al despliegue de personal de enlace militar en la región de la República Democrática del Congo y al establecimiento de la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo, respectivamente, y las resoluciones posteriores en las que el Consejo prorrogó el mandato de la Misión, la más reciente de las cuales es la resolución 1794 (2007), de 21 de diciembre de 2007, en la que el Consejo prorrogó el mandato de la Misión hasta el 31 de diciembre de 2008, Recordando también su resolución 54/260 A, de 7 de abril de 2000, relativa a la financiación de la Misión, y sus resoluciones posteriores sobre la cuestión, la más reciente de las cuales es la resolución 61/281, de 29 de junio de 2007, Recordando además su resolución 58/315, de 1° de julio de 2004, Reafirmando los principios generales en que se basa la financiación de las operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, enunciados en sus resoluciones 1874 (S-IV), de 27 de junio de 1963, 3101 (XXVIII), de 11 de diciembre de 1973, y 55/235, de 23 de diciembre de 2000, Observando con reconocimiento que se han hecho contribuciones voluntarias a la Misión, Consciente de que es indispensable proporcionar a la Misión los recursos financieros necesarios para que pueda desempeñar las funciones que le competen en virtud de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad, _______________ 1 2 07-47916 A/62/737 y A/62/755. A/62/781/Add.8.

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