A/RES/62/256
Naciones Unidas
Distr. general
22 de julio de 2008
Asamblea General
Sexagésimo segundo período de sesiones
Tema 144 del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General el 20 de junio de 2008
[sobre la base del informe de la Quinta Comisión (A/62/869)]
62/256. Financiación de la Misión de las Naciones Unidas
en la República Democrática del Congo
La Asamblea General,
Habiendo examinado los informes del Secretario General sobre la financiación
de la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática del Congo 1 y el
informe conexo de la Comisión Consultiva en Asuntos Administrativos y de
Presupuesto 2,
0F
1F
Recordando las resoluciones del Consejo de Seguridad 1258 (1999), de 6 de
agosto de 1999, y 1279 (1999), de 30 de noviembre de 1999, relativas al despliegue
de personal de enlace militar en la región de la República Democrática del Congo y
al establecimiento de la Misión de las Naciones Unidas en la República Democrática
del Congo, respectivamente, y las resoluciones posteriores en las que el Consejo
prorrogó el mandato de la Misión, la más reciente de las cuales es la resolución
1794 (2007), de 21 de diciembre de 2007, en la que el Consejo prorrogó el mandato
de la Misión hasta el 31 de diciembre de 2008,
Recordando también su resolución 54/260 A, de 7 de abril de 2000, relativa a
la financiación de la Misión, y sus resoluciones posteriores sobre la cuestión, la más
reciente de las cuales es la resolución 61/281, de 29 de junio de 2007,
Recordando además su resolución 58/315, de 1° de julio de 2004,
Reafirmando los principios generales en que se basa la financiación de las
operaciones de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz, enunciados en
sus resoluciones 1874 (S-IV), de 27 de junio de 1963, 3101 (XXVIII), de 11 de
diciembre de 1973, y 55/235, de 23 de diciembre de 2000,
Observando con reconocimiento que se han hecho contribuciones voluntarias a
la Misión,
Consciente de que es indispensable proporcionar a la Misión los recursos
financieros necesarios para que pueda desempeñar las funciones que le competen en
virtud de las resoluciones pertinentes del Consejo de Seguridad,
_______________
1
2
07-47916
A/62/737 y A/62/755.
A/62/781/Add.8.