A/HRC/RES/57/30 Tomando nota de la Estrategia de las Naciones Unidas para la Juventud titulada “Juventud 2030: Trabajando con y para los Jóvenes”, anunciada en un evento de alto nivel celebrado en septiembre de 2018 en la Sede de las Naciones Unidas, como un medio para el empoderamiento de los jóvenes y la promoción de todos los derechos humanos, Tomando nota también de las contribuciones de las recientes conferencias, foros e iniciativas mundiales pertinentes relacionadas con la juventud a nivel internacional, regional y subregional, entre ellos los Foros Mundiales de la Juventud celebrados en Sharm el-Sheikh (Egipto) en 2017, 2018, 2019, 2022, y 2023, Tomando nota además de la Declaración de la Juventud Derechos Humanos 75, dirigida por el Grupo Consultivo de Jóvenes de Derechos Humanos 75 y presentada en el evento de alto nivel Derechos Humanos 75, celebrado los días 11 y 12 de diciembre de 2023 en Ginebra, y acogiendo con beneplácito el llamamiento a una participación significativa de los jóvenes en la vida pública y en los mecanismos de derechos humanos de las Naciones Unidas, Alentando las contribuciones del Alto Comisionado, los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos, los órganos de tratados y otros mecanismos internacionales y regionales de derechos humanos pertinentes, así como la Oficina de las Naciones Unidas para la Juventud, dirigida por el Subsecretario General de Asuntos de la Juventud, para identificar y abordar los obstáculos que se oponen al disfrute de todos los derechos humanos por parte de los jóvenes, Subrayando el importante papel que los jóvenes pueden desempeñar en la promoción de la paz y la seguridad, particularmente en la implementación de la agenda sobre la juventud, la paz y la seguridad, el desarrollo sostenible y los derechos humanos, así como la importancia de la participación activa, segura, significativa e inclusiva de los jóvenes en los procesos de adopción de decisiones, Poniendo de relieve la necesidad de empoderar a todos los jóvenes para lograr el desarrollo sostenible, incluida la erradicación de la pobreza, observando que, a nivel mundial, en 2023 la tasa de desempleo juvenil, del 13,3 %, superó con creces la de los adultos, del 3,9 %5, y destacando a este respecto el compromiso asumido en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible de reducir sustancialmente la proporción de jóvenes que no trabajan, estudian ni reciben capacitación, y de desarrollar y poner en marcha una estrategia mundial para el empleo juvenil, Recordando que, en su resolución 76/137, de 16 de diciembre de 2021, la Asamblea General instó a los Estados Miembros a que adoptaran todas las medidas necesarias para combatir todas las formas de discriminación, abandono y abuso, así como la violencia, incluida la violencia sexual y de género, contra los jóvenes, y a que abordaran las barreras para su integración social y su participación plena, en condiciones de igualdad, significativa y segura, teniendo en cuenta que el pleno disfrute de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por parte de los jóvenes los empodera para contribuir como miembros activos de la sociedad al desarrollo político, civil, económico, social y cultural de sus países, Expresando preocupación por los obstáculos a los que se enfrentan los jóvenes, entre ellos los que viven en zonas rurales y remotas, para acceder a la educación digital, en particular la brecha digital, incluida la falta de acceso a dispositivos y servicios digitales adecuados y a infraestructuras fiables, que agrava las desigualdades educativas y sociales y afecta a su participación plena y en condiciones de igualdad en la sociedad, Observando con preocupación las importantes barreras a las que se enfrentan los jóvenes con discapacidad, como la estigmatización, la discriminación y la falta de ayudas técnicas y tecnologías accesibles y de plataformas digitales adaptadas, que ponen en peligro su disfrute del derecho a la educación de forma equitativa e inclusiva, 5 GE.24-18759 Organización Internacional del Trabajo, Perspectivas sociales y del empleo en el mundo: Tendencias 2024 (Ginebra, Oficina Internacional del Trabajo, 2024), pág. 28. 3

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