Acelerar los esfuerzos para eliminar todas las formas de violencia contra la mujer: garantizar la diligencia debida en la protección (2011), para. 09
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Destacando también que el deber de los Estados de actuar con la debida diligencia para proteger a las mujeres y niñas que hayan sido víctimas de violencia o corran el riesgo de serlo incluye el empleo de todos los medios de índole jurídica, política, administrativa y social que proceda para proporcionar acceso a servicios jurídicos, de atención sanitaria y de apoyo que respondan a sus necesidades inmediatas, las protejan contra otros daños y sigan abordando las secuelas permanentes que tiene la violencia para las mujeres y las niñas, teniendo en cuenta el impacto de dicha violencia en sus familias y comunidades,