Fortalecimiento de las actividades de las Naciones Unidas en la esfera de los derechos humanos mediante el fomento de la cooperación internacional y la importancia de la no selectividad, la imparcialidad y la objetividad A/RES/74/151 la amplia variedad de problemas que existen en todas las sociedades, sino también en el pleno respeto de la realidad política, económica y social de cada una de ellas, en estricto cumplimiento de los propósitos y principios de la Carta y con la finalidad básica de promover y alentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales mediante la cooperación internacional, Recordando sus resoluciones anteriores a este respecto, Reafirmando la importancia de garantizar la universalidad, la objetividad y la no selectividad del examen de las cuestiones de derechos humanos, como se afirma en la Declaración y el arograma de Acción de Viena que aprobó la Conferencia Mundial de Derechos Humanos el 25 de junio de 1993 3, y de eliminar la aplicación de un doble rasero, Reafirmando también la importancia de la objetividad, la independencia, la imparcialidad y la discreción de los relatores y representantes especiales sobre temas y sobre países, así como de los miembros de los grupos de trabajo, en el cumplimiento de sus mandatos, Recordando que en la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible 4, la Asamblea General pidió una Alianza Mundial para el Desarrollo Sostenible revitalizada, y haciendo hincapié en la importancia crítica de la cooperación internacional para hacer realidad la Agenda, en particular los Objetivos de Desarrollo Sostenible, Subrayando la obligación que tienen los Gobiernos de promover y proteger los derechos humanos y de cumplir las responsabilidades que han contraído conforme al derecho internacional, especialmente la Carta, así como los diversos instrumentos internacionales en la esfera de los derechos humanos, 1. Toma nota del informe del Secretario General 5; 2. Reitera que, en virtud del principio de la igualdad de derechos y la libre determinación de los pueblos consagrado en la Carta de las Naciones Unidas, todos los pueblos tienen derecho a determinar libremente, sin injerencia externa, su condición política y a procurar su desarrollo económico, social y cultural, y que todos los Estados tienen el deber de respetar ese derecho en el marco de las disposiciones de la Carta, incluido el respeto de la integridad territorial; 3. Reafirma que es un propósito de las Naciones Unidas y una tarea de todos los Estados Miembros, en cooperación con la Organización, promover y alentar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales y mantener una actitud vigilante con respecto a las violaciones de los derechos humanos dondequiera que se produzcan; 4. Exhorta a todos los Estados Miembros a que basen sus actividades de promoción y protección de los derechos humanos, incluido el aumento de la cooperación internacional en esta esfera, en la Carta de las Naciones Unidas, la Declaración Universal de Derechos Humanos 1 , el aacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 2, el aacto Internacional de Derechos Civiles y aolíticos 2 y otros instrumentos internacionales pertinentes, y a que se abstengan de realizar actividades que sean incompatibles con ese marco internacional; 5. Considera que la cooperación internacional en esta esfera debería contribuir de forma efectiva y práctica a la tarea urgente de prevenir las vio laciones __________________ 3 4 5 2/3 A/CONF.157/24 (Part I), cap. III. Resolución 70/1. A/74/351. 19-22258

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